{"id":8414,"date":"2022-12-21T18:59:25","date_gmt":"2022-12-21T18:59:25","guid":{"rendered":"https:\/\/noticias.dipualba.es\/?p=8414"},"modified":"2022-12-21T18:59:25","modified_gmt":"2022-12-21T18:59:25","slug":"solicitud-paralizacion-implantacion-programa-fuoco-sepei","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticias.dipualba.es\/?p=8414","title":{"rendered":"Solicitud paralizaci\u00f3n implantaci\u00f3n programa Fuoco SEPEI."},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"150\" height=\"59\" src=\"https:\/\/noticias.dipualba.es\/wp-content\/uploads\/2022\/07\/logo_spplb.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-7854\" \/><\/figure>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-gallery columns-0 is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex\"><ul class=\"blocks-gallery-grid\"><\/ul><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que con fecha 10\/11\/2022 se comunica por parte del Jefe del Servicio del SEPEI, el siguiente comunicado:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u201c<strong>ASUNTO: INSTRUCCIONES IMPLANTACION PROGRAMA FUOCO.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>En aplicaci\u00f3n a las leyes y normativas de desarrollo derivadas de la Ley 39\/2015, ley 40\/2015 y RD 203\/2021 y restantes, donde se refuerza el empleo de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones (TIC) en las administraciones p\u00fablicas, tanto para mejorar la eficiencia de su gesti\u00f3n como para potenciar y favorecer las relaciones de colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n entre ellas, se ha procedido a implantar como modelo de gesti\u00f3n integral en este Servicio el programa FUOCO.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Por ello, se informa a todo el personal perteneciente a \u00e9ste Servicio que a partir de ahora, todo el funcionamiento y hechos deben quedar registrados a trav\u00e9s de este programa.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>As\u00ed mismo, se recuerda que es de obligado cumplimiento utilizar los recursos y sistemas de gesti\u00f3n que el Servicio pone a disposici\u00f3n de sus usuarios.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Del mismo modo, se indica que las charlas formativas acerca del programa FUOCO para mejorar la eficiencia en el uso de dicha herramienta se dar\u00e1n la semana del 14 y 15 de noviembre a los turnos establecidos seg\u00fan cuadrante mensual establecido en cada uno de los d\u00edas correspondientes de la semana en horario de 9,30 a 12 horas. Tendr\u00e1n obligaci\u00f3n de conectarse aquellos que est\u00e9n en cada turno de su parque (turnos 2 y 3). Si a alg\u00fan trabajador fuera de esos turnos convocados, le interesa conectarse en los d\u00edas citados por flexibilidad laboral o familiar podr\u00e1 hacerlo. El resto de turnos se les avisar\u00e1 para completar la formaci\u00f3n una vez nos confirme la empresa formadora los d\u00edas asignados, que ser\u00e1 en fechas muy pr\u00f3ximas.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Recordamos que el usuario de acceso son las iniciales con el nombre y apellidos de cada uno, en may\u00fasculas. Si alguien tiene problemas en la conexi\u00f3n inicial al programa, debe contactar con la extensi\u00f3n 12107 antes del d\u00eda de la formaci\u00f3n\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <\/strong>Que por medio del presente escrito, en tiempo y forma legal, formulo <strong>RECURSO DE REPOSICION <\/strong>frente a la anterior instrucci\u00f3n del Jefe del Servicio del SEPEI y solicito su paralizaci\u00f3n por los siguientes<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>MOTIVOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; UNICO.- <\/strong>Las anteriores Instrucciones adolecen de un vicio de nulidad al amparo de lo dispuesto en el art. 47 de la Ley de Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, al suponer la implantaci\u00f3n del programa FUOCO lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Vulneraci\u00f3n de lo dispuesto en el Reglamento del SEPEI publicado en el BOP de Albacete el 19 de abril de 1999, al dejar sin efecto lo dispuesto en el art. 37 <strong>Libro de Incidencias<\/strong>: \u201cDe cuantas actividades, llamada, salidas o incidencias tengan lugar durante cada turno, se dejar\u00e1 constancia en el Libro de Incidencias que deber\u00e1 disponerse en cada Parque y en la Central y que <strong>tendr\u00e1, a todos los efectos, car\u00e1cter de documento oficial<\/strong>\u201d.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con la implantaci\u00f3n de dicho programa FUOCO se suprime dicho libro de incidencias, sin que previamente se haya modificado el Reglamento del SEPEI en vigor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se impone a todo el personal se proceda&nbsp; a registrar en dicho programa el funcionamiento y hechos que sucedan &nbsp;sin que haya garant\u00edas de que no se pueda modificar por terceros, perdiendo as\u00ed su car\u00e1cter de documento oficial en caso de requerimiento judicial, lo que puede crear en el personal de servicio <strong>indefensi\u00f3n<\/strong> ante situaciones complejas o accidentes laborales.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Dicha imposici\u00f3n por un lado amplia las funciones propias de algunos puestos de trabajo ya que el manejo de programas inform\u00e1ticos solo est\u00e1 reconocido como funciones en las hojas de cat\u00e1logo en &nbsp;los puestos de Jefe del Servicio, Jefe negociado t\u00e9cnico y Jefe negociado auxiliar administrativo&nbsp; con la siguiente denominaci\u00f3n \u201c Desarrollar\u00e1 las funciones encomendadas al puesto de trabajo a trav\u00e9s de las herramientas que compongan la plataforma de administraci\u00f3n electr\u00f3nica SEDIPUALBA, y concretamente en cuanto a la firma electr\u00f3nica, portal del empleado, SEFYCU, SERES, SEGRA, NOTIEL, SEGEX.\u201d&nbsp; Por otro lado deja sin efecto las funciones propias de otras categor\u00edas profesionales; todo ello sin que se haya <strong>modificado siguiendo los tr\u00e1mites legales para ello (negociaci\u00f3n colectiva) la Relaci\u00f3n de Puestos de Trabajo<\/strong> en cuanto a las funciones asignadas a cada uno de los puestos de trabajo del SEPEI. En concreto, implica la supresi\u00f3n de las funciones del puesto de trabajo de Jefe de Negociado Tecnico SEPEI , Jefes Central Areas suboficiales y Jefe de parque, al ser estos \u00faltimos los encargados de personal, ostentar la Jefatura del parque, vigilancia y supervisi\u00f3n.&nbsp; En el caso de los puestos de trabajo de Cabo Jefe de Turno de los parques y Mecanicos conductor bombero se le amplian las funciones propias de su puesto de trabajo.<\/li><li>En las Instrucciones no se indica expresamente el responsable de la gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n a incorporar en dicho programa. Consultada por esta parte a la empresa que ha vendido el programa a Diputaci\u00f3n se indica que la gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n se debe llevar a cabo por un gestor quien a su vez puede modificar en cualquier momento o cuando lo considere conveniente los datos que se introduzcan en dicho programa. Por tanto, en primer lugar dicho programa no goza de las garant\u00edas legales para salvaguardar los derechos de los trabajadores del SEPEI en cuanto al desempe\u00f1o o actividad de las funciones de su puesto de trabajo al poder ser modificados los datos introducidos en dicho programa a conveniencia del gestor.<\/li><li>La implantaci\u00f3n de dicho programa, afecta al sistema organizativo implantado tras negociaci\u00f3n colectiva. A partir de dicha implantaci\u00f3n el programa proceder\u00e1 a denegar o aceptar cualquier solicitud de cambio de servicio o vacaciones, asuntos propios etc. Dejando de realizar dicha funci\u00f3n los responsables de los parques, funci\u00f3n propia de dichos puestos de trabajo. Tambien supone la salida de la plataforma \u201cPortal del empleado\u201d de los trabajadores del SEPEI lo que puede suponer una discriminaci\u00f3n con respecto al resto de trabajadores de Diputaci\u00f3n.<\/li><li>Consta incorporado a dicho programa el cuadrante de servicios del personal del SEPEI para el a\u00f1o 2023, sin que se haya negociado previamente con la representaci\u00f3n sindical conforme establece el Acuerdo Marco vigente.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es por ello que,<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>SOLICITO <\/strong>que, teniendo por presentado este escrito, se digne admitirlo, tener por formulado RECURSO DE REPOSICI\u00d3N que en el mismo se contiene, y tras los tramites de rigor, dictar resoluci\u00f3n por la que estimando la pretensi\u00f3n formulada, se declare la paralizaci\u00f3n y nulidad de la implantaci\u00f3n del programa FUOCO, todo ello con cuanto m\u00e1s proceda en derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Albacete a 21 de diciembre de 2022.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Que con fecha 10\/11\/2022 se comunica por parte del Jefe del Servicio del SEPEI, el siguiente comunicado: &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u201cASUNTO: INSTRUCCIONES IMPLANTACION PROGRAMA FUOCO. 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