Información relativa a la entrega de la nómina inicial de Julio de 2024

Se prevé para la nómina definitiva de julio (a mediados de agosto) el abono de la subida del 2%  de las retribuciones,  recogida en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio con efectos de enero de 2024, y los atrasos de enero a junio de 2024, si se dispone de la preceptiva fiscalización de la Propuesta de Decreto de aprobación de la misma en el Expediente 1330912P y se puedan confeccionar las preceptivas liquidaciones complementarias a efectos de la cotización a la Seguridad Social.

Los Decretos y normas que recogen las Gratificaciones y horas extraordinarias se han refundido en el Decreto 1868 de 22 de junio de 2020, que establece que cualquier expediente remitido a la Intervención con la denominación de “Atrasos”, por la realización de horas extras o urgentes en meses anteriores al que corresponda el devengo de la nómina, que incumpla con los procedimientos anteriores, será causa de reparo, y No abono del mismo, excepto si previos los informes justificativos del Responsable del Servicio en el que se especifique claramente el motivo del atraso, fuera solventado por la Presidencia en los términos del art. 12 del Real Decreto 424/2017 de 29 de abril.

Se recuerda que el detalle de las incidencias abonadas se puede consultar el portal del empleado y que si les falta alguna incidencia del mes abonado deben de reclamar a su servicio para que la incluya en el programa de incidencias desde el que se trasladan a nóminas.

La sección de nóminas les ruega que para las cuestiones que sea necesario contactar con este área utilicen el correo nominas@dipualba.es

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