DEVOLUCIÓN ATRASOS IRPF AYUDAS SOCIALES

Con fecha 23-9-25 y número de registro de entrada 20048 hemos solicitado lo siguiente:
Esta Sección Sindical ha tenido conocimiento de lo siguiente:
Se ha realizado, por el Servicio de Nóminas de la Diputación, nómina complementaria del mes de agosto para la devolución del IRPF de las ayudas sociales percibidas por los trabajadores de la Diputación al haber detectado un error al computar IRPF a ayudas como gafas y protesis dentales, que según la Agencia Tributaria:
Las ayudas económicas que se conceden por gastos de enfermedad no cubiertos por la seguridad social o MUFACE, no constituyen renta gravable en el impuesto, en la medida que vayan destinadas al restablecimiento de la salud.
Por tanto, no constituye renta y no tenia que haberse incluido en el cálculo de la nómina anual para la declaración de la renta ni su retención en la nómina del mes de agosto.
Por ello han tenido que devolver lo retenido por IRPF de las citadas ayudas del presente año 2025, y lo han hecho de oficio, sin necesidad de reclamación por parte interesada.
Como quiera que ese error ha sido subsanado, y teniendo en cuenta que el error igualmente estaba presente en ejercicios anteriores, es por lo que
SOLICITAMOS:
Que conforme a la legislación vigente en cuestión de atrasos, se proceda a la devolución de lo retenido por IRPF de las ayudas sociales de los ejercicios anteriores, mediante complementarias, al igual que ha sucedido en el mes de agosto de 2025.
SI QUIERES ESTAR PUNTUALMENTE INFORMADO, ESTA ES TU SECCIÓN SINDICAL, UGT DIPUTACIÓN