DÍA DE PERMISO ADICIONAL PARA 2026

Se ha publicado la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de fecha 27 de enero de 2026 por la que se establece el régimen de disfrute de un día de permiso adicional por la coincidencia en sábado de un Festivo Nacional, no recuperable y no sustituible en 2026.
Esto va a ser así en cumplimiento de su resolución de 28 de febrero de 2019, donde estableció que “los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año”.
En este año 2026 se da esta circunstancia, puesto que coincide en sábado el día 15 de agosto. Su disfrute se hará atendiendo a las necesidades del servicio y se podrá acumular tanto a los días de vacaciones de 2026 que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de 2026.
Os seguiremos informando.