PROPUESTA PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL EN LAS OPOSICIONES.
La Sección Sindical STAS-CLM de la Diputación de Albacete, expone:
Que, en las últimas oposiciones que ha habido en la Diputación de Albacete, se ha elegido a los miembros del tribunal atendiendo a lo dispuesto en el art. 60 del EBEP y que dice:
1. “Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre”.
2. “El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección”.
3. “La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.”
Creemos que para garantizar una mayor imparcialidad en la composición de los miembros del tribunal de las oposiciones de la Diputación de Albacete, la elección además se debería hacer atendiendo a la propuesta que mencionamos a continuación:
– Que los miembros del tribunal sean elegidos mediante sorteo público en el salón de actos de la Diputación de Albacete.
– Que los trabajadores que hayan sido miembros de un tribunal no puedan repetir en dos pruebas de la misma Oferta de Empleo Público.
En definitiva que se negocie y establezca en la Mesa General unas normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, tal como dice el art. 37.1 c) de la Ley 7/2007
Albacete a 26 de mayo de 2014
Sección Sindical STAS-CLM
SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE