Temperatura en Talleres
Según el anexo III del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, en los talleres mecánicos, la temperatura a la que se debe trabajar es de 14 – 25 °C.
Como ya se comentó en la anterior reunión con el Jefe del Servicio de Mantenimiento, en las instalaciones de Talleres y Parque Móvil se superan, con creces, esas temperaturas por la falta de equipos de climatización y aire acondicionado en las instalaciones. A los representantes de este sindicato en dicha reunión, se nos dijo que se iva a instalar otra máquina de refrigeración y por el momento no se ha llevado a cabo.
Por poner un ejemplo, en julio de 2019 se alcanzaron los 31 °C. Estos problemas ya se llevan debatiendo en los anteriores comités de seguridad y salud, y el Técnico en Prevención de Riesgos ya realizó mediciones de temperatura y superaban las temperaturas máximas para trabajos dentro de recintos. Queremos poner estos hechos en su conocimiento con tiempo para poder poner los medios necesarios para evitar problemas de salud derivados de las altas temperaturas como por ejemplo bajadas de tensión, desmayos, angustia, incluso golpes de calor y para garantizar la seguridad de cada trabajador y usuario de las instalaciones arriba citadas. Por lo que:
Solicitamos, se instale dicha máquina en la mayor brevedad posible para que los trabajadores de Talleres y Parque Móvil puedan desarrollar sus tareas en unas condiciones aceptables de seguridad para su Salud.