Elaboración del Plan de Vacaciones Anuales
Segun se establece en el artículo 20 y 24 del nuestro Acuerdo Marco y Convenio Colectivo, el plan de vacaciones se establecerá por la dirección de los centros o servicios de acuerdo con la representación sindical, y conforme a las directrices del Servicio de Recurso Humanos, aprobando se por el órgano competente de la Diputacion, hasta el 30 de abril. Una vez que ha pasado ese plazo y no se ha iniciado dicho plan de vacaciones,
el Sindicato Contigo Si
EXPONE:
Que debido a la situación de estado de alarma se ha suspendido el disfrute de cualquier periodo vacacional en aquellos servicios que se han declarado esenciales.
Que este hecho no impide que se trabaje en la elaboración del plan de vacaciones anuales.
Que se necesita tiempo para organizar las contrataciones por sustitución de personal. Sobre todo este año que algunas listas de espera es previsible que se agoten.
Y sobre todo que los trabajadores adscritos a los servicios denominados esenciales, como por ejemplo SVP, la UME y el SEPEI, son los que principalmente están sufriendo esta situación y los que más merecidas tendrán sus vacaciones cuando las circunstancias lo permitan.
SOLICITA:
Que se elabore el plan de vacaciones, para que en la medida de lo posible, los trabajadores puedan disfrutar de sus vacaciones según lo establecido en nuestro Acuerdo Marco y Convenio Colectivo.