Contestación a Contigo Si

En contestación a las acusaciones hechas en el tablón de anuncios por el Sindicato Contigo Si, referente a la ocupación de un contrato “A medida” por una liberada sindical de CCOO debemos de hacer las siguientes aclaraciones:

1)  La Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en su Art 11 dice: Los miembros de la Junta de Personal y los Delegados de personal, en su caso, como representantes legales de los funcionarios, dispondrán en el ejercicio de su función representativa de las siguientes garantías y derechos:Apartado e) No ser trasladados ni sancionados durante el ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en el caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el traslado o la sanción se base en la acción del funcionario en el ejercicio de su representación“

Asimismo, no podrán ser discriminados en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación”

2)  Ya en 2 ocasiones la mencionada “liberada sindical” de CCOO ha tenido que acudir a los Tribunales por tener un trato discriminatorio con respecto al resto de trabajadores por su condición de liberada. En ambas ocasiones el juzgado le ha dado la razón.

3)  La “liberada sindical” a quien dirigen este escrito forma parte de una bolsa de trabajo donde se le ha llamado por orden riguroso y en ningún caso se ha saltado a nadie. Si el resto de los miembros de esta bolsa no ha cogido esta contratación ha sido por su propia voluntad, ya que se ha seguido escrupulosamente lo estipulado en las normas de las bolsas de la Diputación Provincial.

4)  Si el Sindicato Contigo Si considera que la forma en que se ha llevado a cabo la PROPUESTA no es legal, lo que tiene que hacer es denunciar ante los tribunales ya que en caso de que la sentencia le diera la razón, también favorecería a esta “liberada” ya que en este caso no se tendría que haber pedido una excedencia.

Albacete, a 16 de Marzo de 2021 LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

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