MESA GENERAL NEGOCIACIÓN 17-5-22

Hoy, día 17 de mayo de 2022, a las 9 h. de la mañana, hemos mantenido reunión de la Mesa General de Negociación, donde se ha tratado lo siguiente:

PRIMERO.- Se han aprobado las actas de las reuniones celebradas los días 22 de febrero y 29 de marzo de 2022.

SEGUNDO.- Se han aprobado varias jubilaciones parciales de trabajadores/as laborales fijos.

TERCERO.- Se ha presentado propuesta de creación de plazas y puestos de ATM, SEPEI y Conservatorio y modificación de Secretario, resultando que se ha aprobado la propuesta, con la abstención de UGT porque nos han obligado a votar la propuesta en su totalidad.

– Se ha creado en la RPT del personal funcionarial de un puesto de trabajo código F-18-245-0010, denominado “Coordinador Secretarios/as-Interventores/as ATM”, grupo de titulación A1, forma de provisión concurso.

– Se ha creado en la RPT del personal funcionarial de un puesto de trabajo código F-21-471-0020, denominado “Jefe de Negociado Auxiliar Administrativo SEPEI”. Siguen sin atender la petición de los Auxiliares para su reclasificación en Administrativos.

– Se ha creado en la RPT del personal funcionarial de un puesto de trabajo código F-21-671-0010, denominado “Operario Mantenimiento SEPEI”. Dentro de las funciones de ese puesto se ha introducido el manejo de vehículos no operativos del SEPEI, lo que esta Sección Sindical de UGT cree que puede haber trato discriminatorio porque para acceder a ser Operario no se exige el carnet de conducir. Se han tomado nota.

– Se ha creado en la RPT del personal funcionarial de un puesto de trabajo código F-44-215-0150, denominado “Profesor de Música Percusión”. Esta Sección Sindical de UGT ha puesto de manifiesto que hay una demanda de vacantes de plazas de otras categorías que son más necesarias y que esta plaza en concreto no ha pasado por la Junta Directiva al no estar creada la nueva.

CUARTO.- Tramitación y aprobación Reglamento S.E.P.E.I.- Ha sido aprobado con el voto en contra de todas las Secciones Sindicales y del Grupo Ciudadanos. Esta Sección Sindical ha votado en contra porque no ha habido consenso mayoritario para aprobar algo tan importante y transcendental como es un Reglamento de funcionamiento del SEPEI. Hemos propuesto volver a reunirnos en otra Mesa Técnica para matizar algunos artículos del mismo, intentando que el consenso sea mayoritario para sacar adelante este Reglamento.

QUINTO.- Propuestas Residencia San Vicente de Paúl. No se ha sometido a votación porque el Servicio de RRHH ha retirado la propuesta porque va en contra del Acuerdo Marco y Convenio Colectivo. Esta Sección Sindical de UGT ha dicho en la reunión que ya el propio informe-propuesta del Coordinador de S.V.P. especifica que es consciente de que va en contra de lo establecido en el C. Colectivo y A. Marco. Con respecto a la Lavandería, se han acogido al informe en contra de las propuestas que habíamos hecho las Secciones Sindicales para el refuerzo con personal para el Servicio de Lavandería.

SEXTO.- Normas utilización de las listas de espera y bolsas de trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Albacete. Se han aprobado por unanimidad.

SÉPTIMO.- Aprobación ofertas de empleo público 2021.- Estabilización de empleo Ley 20/2021 y oferta ordinaria año 2021.

Se han aprobado por unanimidad la Oferta de Empleo Público, tanto la ordinaria, como la de concurso y la de concurso oposición, de la plantilla funcionarial como de la laboral.

Agradecemos al Servicio de RRHH el trabajo y el esfuerzo que han puesto para elaborar dicha Oferta.

OCTAVO.- Abono incentivo jubilación anticipada voluntaria. Se han llevado a la Mesa General de Negociación varios abonos de incentivos a varios trabajadores que lo solicitaron en su día. La propuesta inicial de la inaplicación del citado artículo con efectos del día 30 de septiembre, ha pasado a ser a partir del 15 de noviembre del corriente año. Esta Sección Sindical de UGT se ha remitido a nuestra anterior propuesta de UN PLAN DE ORDENACIÓN DEL SERVICIO DE RR.HH. para iniciar negociación e interpretación del artículo para darle una nueva cobertura legal, en base a la disposición adicional vigesimaprimera de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, añadida por la disposición adicional sexta de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, que establece:

Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, de acuerdo con su capacidad de autoorganización, podrán adoptar, además de Planes de Empleo, otros sistemas de racionalización de los recursos humanos, mediante programas adaptados a sus especificidades, que podrán incluir todas o alguna de las medidas mencionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la presente Ley, así como incentivos a la excedencia voluntaria y a la jubilación anticipada”

Igualmente, el artículo 17.4 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, a semejanza con el artículo 69 del EBEP, integra los incentivos a la jubilación voluntaria como medida incluida en los los planes generales de ordenación como instrumento de planificación de recursos humanos.

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