Información Servicio de Prevención. Partes de baja,confirmación y alta.

A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2023, EL TRABAJADOR NO TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR AL SERVICIO DE PREVENCIÓN EL PARTE DE BAJA, CONFIRMACIÓN Y ALTA.
SI TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR LA BAJA Y EL ALTA

Según el R.D. 1060/2022, de 27 de diciembre,  que modifica el R.D. 625/2014,  de 18 de julio por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración:

Desde el 1 de abril de 2023, las personas trabajadoras no tendrán la obligación de presentar a la empresa el parte de baja, confirmación o alta.

Tramitación de partes:

1. El facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora una copia de este.

El servicio público de salud o, en su caso, la mutua remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social

2. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, a su vez, comunicará a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos del servicio público de salud o de la mutua.

Aunque no exista obligación de presentar dicho parte, si que existe la obligación de comunicar de forma inmediata a la persona responsable de su servicio, así como al Servicio de Prevención cualquier baja o alta de incapacidad temporal.

Para ello, deberá comunicarlo a su servicio según la vía que este le indique y al Servicio de Prevención enviando un correo electrónico a la siguiente dirección:prevencion@dipualba.es

Indicando en el asunto: NOMBRE Y APELLIDOS –  DNI –  SERVICIO  –  BAJA o ALTA – FECHA DE LA BAJA o ALTA

Ejemplo de baja: JUAN LOPEZ LOPEZ – 44.444.444V – SVP – BAJA – 05/04/23

Ejemplo de alta: JUAN LOPEZ LOPEZ –  44.444.444V – SVP – ALTA – 15/04/23

Será responsabilidad del trabajador/a, así como del jefe de servicio,  el cumplimiento de estas instrucciones, para evitar las repercusiones económicas que se puedan derivar.

Servicio de Prevención y Salud Laboral

Albacete, a 12 de enero de 2023

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