IMPORTANTE SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA LOS QUE NO HAN SUPERADO EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN EN FASE DE CONCURSO.
El 29 de junio se publicó en el BOE el RDL 5/2023 de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea . Entre otras cuestiones, este RDL garantiza el derecho de acceso a los procesos derivados de la Disposición Adicional Octava de la Ley 20/2021 y por tanto su artículo 217 obliga a las administraciones a convocar una Oferta Pública de Empleo extraordinaria en las plazas, ocupadas antes del 1 de enero de 2016, donde no se ha superado el concurso- oposición y deberá convocarse de nuevo mediante el procedimiento de concurso de méritos.
Una vez publicado esta disposición, CCOO pedirá a la mayor brevedad posible una reunión con Recursos Humanos para tratar sobre la aplicación de este RDL y garantizar el cumplimiento del Derecho de la Unión Europea para que nadie quede atrás.
Reproducimos íntegramente este art. 217:
“Se autoriza una tasa adicional a las Administraciones Públicas para que convoquen procesos selectivos conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, con la finalidad de garantizar en todo el territorio el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad.
El número de plazas de la tasa adicional será el equivalente a aquellas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Las ofertas de empleo público deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2023, y las convocatorias resueltas antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia”.
Seguiremos informando.