Archivo de la categoría ‘Tablón SEPEI’

OFERTA COBERTURA PUESTO DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

CONVOCATORIA CONCURSILLO MECÁNICO CONDUCTOR BOMBERO SEPEI

OFERTA COBERTURA PUESTO VACANTE DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

NOTA MODIFICACIÓN BASES SARGENTO Y CABO DEL SEPEI

OFERTA COBERTURA PUESTO VACANTE DE SARGENTO EN EL SEPEI

ANUNCIO OFERTA COBERTURA PUESTO DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE INCIDENCIAS EN COMPLEMENTO ESPECÍFICO.

Hace unos días presentamos un escrito a Diputación exponiendo que los conceptos de nocturnidad, sábados, domingos y festivos, forman parte de lo que erróneamente se denominada “incidencias” cuando en realidad son conceptos regulares que forman parte de la jornada laboral de cada persona que trabaja en régimen de turnos. Es por tanto necesario que los importes correspondientes se incluyeran dentro del Complemento Específico, para igualar las nóminas de todos los trabajadores y trabajadoras de esta Diputación asegurando de este modo un pago periódico, estable y vinculado a las actualizaciones previstas conforme a las subidas salariales sin que sea preciso emitir nóminas complementarias.


Estos conceptos se están pagando en una nómina adicional lo que supone una carga administrativa duplicada, que podría evitarse si dichos conceptos se incluyeran en la nómina ordinaria, evitando la posibilidad de errores.

Por todo ello, hemos solicitado que desde el 1 de enero de 2026 se aplique la modificación del sistema actual de abono de esta parte de la nómina, a los trabajadores y trabajadoras que realicen jornadas nocturnas, retribuyéndose estas con el incremento del 30% sobre la retribución ordinaria conforme al artículo 36 del Convenio Colectivo y el artículo 28 del Acuerdo Marco.


Además hemos pedido que se aplique igualmente en el caso de la retribución de los sábados, domingos y festivos regulados en los artículos 37 del Convenio Colectivo y 29 del Acuerdo Marco sumándole las subidas salariales que se han acumulado desde 2018 hasta la fecha y se efectúe el pago desde el 1 de enero de 2026, conforme a la clausula de revisión salarial prevista en el artículo 29 del Convenio Colectivo y artículo 24 del Acuerdo Marco.


Con esta medida se reforzará la seguridad jurídica, se optimizará la gestión administrativa y se incrementará la satisfacción de la plantilla, dando además cumplimiento a diversas resoluciones judiciales que respaldan esta actuación.

Por último deciros que disponemos de un modelo para solicitar el pago con carácter retroactivo de las cantidades que legalmente se puedan reclamar.

Os seguiremos informando.

OFERTA COBERTURA TRES PUESTOS VACANTES DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

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PETICIÓN CONJUNTA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO/ACUERDO MARCO

Os informamos que hoy hemos presentado una propuesta de modificación de diversos artículos del Convenio Colectivo y Acuerdo Marco, en base a los siguiente aspectos:


Primero.- Que desde el equipo de Gobierno se lleva a MGN la modificación de parte del contenido de varios artículos del convenio/AM para su aprobación y su implantación lo más rápidamente posible, para beneficio de las personas trabajadoras afectadas por los mismos.


Segundo.- Que no es necesario la denuncia del Convenio y Acuerdo Marco para que se mejoren esos aspectos recogidos en su articulado correspondiente.


Tercero.-Que hay aspectos de dicho Convenio y del Acuerdo Marco, que por el paso de los años, la inflación, la evolución social y los avances tecnológicos han quedado claramente obsoletos –especialmente los relativos a aspectos económicos y que llevamos mucho tiempo reclamando su actualización y que en muchos casos, se mantienen en las mismas cuantías desde el año 2002.- , por lo que hemos pedido actualizar los artículos relativos a horas extras, jornadas en sábados, domingos, festivos y otros; prestaciones de pago único y el de ayudas para estudios.
Igualmente, porque en los últimos años se han producido bastantes e importantes cambios legislativos y jurídicos y técnicos, que mejoran mucho las condiciones laborales y de conciliación de las personas trabajadoras, pedimos las modificaciones en los artículos relativos a las bolsas de trabajo, jornada laboral, vacaciones y permisos o licencias, incluyendo los nuevos permisos por conciliación que recoge el artículo 49 del TREBEP.


Cuarto.- Que la modificación de artículos, una vez firmado un Convenio y Acuerdo Marco, es una práctica habitual en varias administraciones, principalmente locales, por lo que aún siendo la primera vez que hacemos una petición así, no es algo anormal ni extemporáneo, sino algo que mejoraría los condiciones y situaciones personales y laborales de la plantilla de esta Administración, que es algo a lo que los sindicatos nos hemos comprometido con nuestros compañeros y compañeras.


Quinto.- Que con estos cambios, agilizaremos su actualización, sin que suponga ninguna pérdida económica más, ni un esfuerzo mayor e innecesario para todas las partes, tanto en recursos como en tiempo, también para RRHH que está en pleno proceso de implementación de la oferta de empleo público de 2025.


Por último, que hemos solicitado igualmente que la práctica de modificar lo que se pueda mejorar y actualizar en el Convenio Colectivo y Acuerdo Marco se instaure en Diputación , ya sea a propuesta de la parte sindical o del equipo de gobierno correspondiente, con el fin de adaptarlos a los cambios que se vayan produciendo