CSI·F GANA LA PRIMERA BATALLA CONTRA LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO EN LA DIPUTACIÓN

CSI·F GANA LA PRIMERA BATALLA CONTRA LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO EN LA DIPUTACIÓN

El día 16 de noviembre de 2015, mediante decreto de Presidencia se cesa al hasta entonces Jefe del SEPEI, con plaza de Oficial de dicho Servicio, y se le atribuyen esas funciones de jefatura a un Sargento del mismo, saltándose lo establecido en el Acuerdo Marco y demás legislación aplicable.

La Sección Sindical de CSI·F en la Diputación, advirtió mediante escrito dirigido al Sr. Presidente de esta institución, de que esa forma de cubrir la mencionada jefatura había sido declarada ilegal mediante sentencia firme en el año 2013 (sentencia 4/13 de 14 de enero, Contencioso/Administrativo nº1)

A pesar de nuestra advertencia, de la del servicio de intervención y de la mencionada sentencia, dicha atribución se llevó a cabo aún a sabiendas de que se estaba cometiendo una ilegalidad. Como no podía ser de otra manera CSI·F presentó la correspondiente demanda, la cual se estimó en el juzgado Contencioso Administrativo nº2, mediante sentencia nº 50 de 11 de abril de 2016. Sentencia en la que se recoge lo siguiente: “Ante la repetición de la misma conducta contraria a la legalidad al efectuar un nombramiento, para el mismo puesto de Jefe del SEPEI, al margen del procedimiento legalmente establecido y para cuyo fin se remueve previamente el obstáculo que supone la existencia de otro funcionario ocupando dicho puesto para lo que se acuerda su cese, decisiones que se puede ya anticipar estarían incursas, cuando menos, en una desviación de poder”.

Ante una sentencia tan contundente y que ya condenaba en costas a la administración, nos consta que el Servicio Jurídico de la Diputación informó en contra de presentar recurso de apelación. La Corporación, lejos de admitir las recomendaciones con criterio técnico del Servicio Jurídico, nombra a un abogado de la calle, no sabemos con qué criterio, el cual tendremos que pagar entre todos, para que presente recurso de apelación ante el TSJ de Castilla la Mancha.

Si la sentencia del Juzgado nº2 ya era muy contundente al respecto, la del TSJ (nº 327 de 13 de julio de 2017) lo es más aun si cabe, y en su apartado séptimo señala:  “En suma la sentencia no puede ser sino confirmada ante la evidente ilegalidad y arbitrariedad del acto dictado haciendo caso omiso de expresas advertencias judiciales, de la Intervención y sindicales y pretendiendo situar la libérrima voluntad del autor del Decreto por encima de la legalidad y de los tribunales”.

Nuevamente se imponen las costas a la Diputación, citamos literalmente la sentencia: “procede su imposición a la parte apelante. Dicha imposición procede tanto por vencimiento como por temeridad; pocas  veces ha podido contemplar esta Sala un escrito forense tan falto de coherencia, inteligibilidad o sentido, tanto en el fondo como en la forma”.

Resumiendo, nombran a dedo a una persona afín, a sabiendas que es ilegal porque ya existe una sentencia, el juzgado se lo tumba otra vez y condena a pagar las costas, hacen caso omiso al servicio jurídico de la Diputación y nombran a un abogado de fuera para que la recurra y lo vuelven a tumbar  y condenan en costas en el TSJ. La pregunta es… ¿cuanto le va a costar esto a la Diputación? De momento las costas del Juzgado y las del TSJ, la minuta del abogado, y las correspondiente indemnización al funcionario que cesaron.

Lejos de acatar la sentencia, se han dedicado a multiplicar esta práctica hasta la saciedad, nombrando atribuciones temporales de funciones a un sinfín de trabajadores afines, habremos superado ya la veintena, en los últimos casos, como hemos denunciado recientemente, se permiten atribuirle funciones y salario del grupo B a trabajadores del grupo D. Un patrón muy común entre los afortunados, es pertenecer a un determinado sindicato de clase.

Tanta responsabilidad tienen en esta ilegalidad los que gobiernan (PSOE) como los que les dan su apoyo. Nos referimos a Ganemos-IU, que se erigen como garantes de la legalidad y denuncian clientelismo político y sindical cuando les interesa, pero que miran hacia otro lado en este tipo de nombramientos “a dedo”. A ver si ahora ponen en conocimiento de la Fiscalía estos nombramientos y los catalogan igualmente de clientelismo político y sindical. En este caso lo tienen más fácil, porque ya existe una sentencia confirmada por el TSJ que lo corrobora.

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