Información respecto a la nómina definitiva de noviembre de 2020

Se incluyen en esta nómina definitiva de noviembre de 2020 las incidencias, salvo las horas extraordinarias de noviembre ya que el informe de fiscalización de las mismas, emitido el 9 de diciembre, estima conveniente aclaración de RRHH acerca de las mismas, por lo que una vez aportada dicha aclaración, se prevé el abono de las que hayan sido fiscalizadas sin reparo en diciembre de 2020, así como las dietas y locomoción devengadas en noviembre de 2020, fiscalizadas favorablemente.

Respecto horas extra de agosto de 2020, incluidas en el expediente 551330 M, septiembre de 2020, incluidas en el expediente 578220J y octubre, incluidas en el expediente 614086Y se prevé el abono en diciembre, para regularizar correctamente la retención de IRPF, de las que han sido fiscalizadas el 4 de diciembre favorablemente.

Los Decretos y normas que recogen las Gratificaciones y horas extraordinarias se han refundido en el Decreto 1868 de 22 de junio de 2020, que establece que cualquier expediente remitido a la Intervención con la denominación de “Atrasos”, por la realización de horas extras o urgentes en meses anteriores al que corresponda el devengo de la nómina, que incumpla con los procedimientos anteriores, será causa de reparo, y No abono del mismo, excepto si previos los informes justificativos del Responsable del Servicio en el que se especifique claramente el motivo del atraso, fuera solventado por la Presidencia en los términos del art. 12 del Real Decreto 424/2017 de 29 de abril.
Se recuerda que el detalle de las incidencias abonadas se puede consultar el portal del empleado y que si les falta alguna incidencia del mes abonado deben reclamar a su servicio para que la incluya en el programa de incidencias desde el que se trasladan a nóminas.

La sección de nóminas les ruega que para las cuestiones que sea necesario contactar con este área utilicen el correo nominas@dipualba.es
SECCIÓN NÓMINAS

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