La sección Sindical de Contigo Si pone de manifiesto su disconformidad y malestar por los siguientes hechos:


Que tras el acuerdo firmado en Mesa Técnica de Talleres y Parque Móvil el día 3 de diciembre de 2020 por este sindicato en el que se establece la prestación de los servicios en situaciones climatológicas adversas, en especial nevadas, y la intervención fuera de la jornada habitual de trabajo en uno de los apartados establece “La puesta en marcha de los citados retenes se realizará por los responsables del Servicio en los supuestos en que sea necearía su efectiva utilización, determinándose por éstos los medios, vehículos y personal necesario, procurando un reparto equitativo entre los empleados públicos que sea parte de los retenes, siendo público el reparto de retenes”.

Hemos detectado la discriminación de un grupo de trabajadores que ofreciéndose a trabajar voluntariamente fuera de la jornada habitual de trabajo en los retenes de emergencia ni se les ha llamado ni convocado por la borrasca Filomena , perjudicándoles con respecto al resto sin explicación ni motivo.

Una vez activado un periodo de retenes, su composición y periodo de actuación será comunicado a los componentes del reten con la mayor antelación posible.
Se acordó poner una lista en el tablón de anuncios con todos los componentes del reten de manera voluntaria, cosa que no se ha hecho, ni en la emergencia Filomena ni a fecha de hoy día 19 de marzo de 2021, desconociendo todos ellos quienes están de retén y y el orden de la lista, llamando arbitrariamente el Coordinador del Parque Móvil (Asesor adscrito a presidencia) y el auto- nombrado “coordinador de emergencias” ( conductor de libre designación adscrito a presidencia) a determinados trabajadores, hecho que ha ocasionado mucho malestar entre los trabajadores.

La lista debería de estar en el tablón de anuncios, como ocurre en muchos servicios, conociendo los trabajadores el orden de dicha lista para la organización del trabajo, hecho que en esta emergencia y a fecha de hoy 19 de marzo de 2021, no se ha cumplido, desconociendo cuando les tocaba trabajar y el orden de retén, con lo que se ha vuelto a discriminar a determinados trabajadores generando con ello un gran malestar.

Una vez habiendo pasado la emergencia Filomena, le trasladamos al vicepresidente y diputado del Área en una reunión en persona que sería necesario la convocatoria de una Mesa Técnica para tratar todas las incidencias que se han producido en dicha emergencia, hecho que a fecha de hoy no se ha convocado, para evitar que vuelvan a suceder en futuras emergencias y que vuelvan a ocurrir accidentes como los que han ocurrido, descoordinación, discriminación y falta de organización, no solo con el personal si no también con otros servicios de esta Diputación como es SEPEI y servicio de Carreteras, por lo que se debería hacer un plan para las emergencias, señalizando puntos críticos en carreteras para “evitar accidentes como ha ocurrido”, puntos de abastecimiento de sal, pérdida de la conexión de la comunicación con compañeros por la noche en la sierra, organización del personal para el reparto equitativo de horas y asignación a vehículos, existiendo, desde nuestro punto de vista, una descoordinación con el servicio de Carreteras y con el SEPEI.

En cuanto a la organización y aviso a los componentes del reten, en la última nevada, como ya denunciamos, no se puso la lista de los componentes del retén en el tablón de anuncios del Parque Móvil para conocimiento de los componentes de dicha lista, según acuerdo del 03-12-2020 .

Por todo ello, este sindicato, el único que votó a favor en un ejercicio de responsabilidad hacia los ciudadanos de la provincia por el bien de la propia institución y del servicio y ante el incumplimiento por parte del vicepresidente de la Diputación nos desvinculamos del acuerdo por que un acuerdo es para cumplirlo todas las partes, no solo una.

De conformidad con el artículo 12 del RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto Básico de Empleado Público – TREBEP- es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial.
Centrándonos en las funciones que puede ejercer el Coordinador del Parque Móvil y Talleres, debe ceñirse única y exclusivamente a las de confianza y asesoramiento especial siendo éstas “tareas de colaboración con quienes ostentan el poder superior de decisión política, en las que predominan las notas de afinidad y proximidad política que es inherente a la confianza”, como indica el TS en Sentencia de 2 de septiembre de 2004:
“Y la consecuencia paralela que también se extrae es que deben quedar vedadas a ese personal eventual las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa. Estas actuaciones profesionales, por la directa conexión que tienen con los principios constitucionales de objetividad y eficacia administrativa, deben ser asignadas al personal pública seleccionado bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad”
En consecuencia, el Sr. Coordinador del Parque Móvil y Talleres y todos los Asesores adscritos a los órganos de gobierno, no pueden realizar tareas estructurales de la Institución Provincial. Por tanto, no pueden en ningún caso integrarse en actuaciones cuyas funciones son atribuidas a los empleados públicos adscritos al Parque Móvil y Talleres porque existe una limitación clara del tipo

de funciones que pueden ser desempeñadas por el personal eventual y en ningún caso pueden suplir ni abarcar el ejercicio de la funciones públicas reservadas a los funcionarios de carrera.

Es por ello, que se adoptarán las medidas legales oportunas, acudiendo a la autoridad judicial competente para salvaguardar los derechos en materia de seguridad y salud de todos los empleados públicos adscritos al parque móvil y talleres que se ven sometidos a las decisiones del personal eventual (y de otros que teniendo plaza maquinistas, ocupan puesto de conductor y se atribuyen las del Jefe del Área) y no de los empleados públicos que tienen la responsabilidad sobre los empleados públicos que desarrollan sus funciones en el parque móvil y talleres y que son los auténticos Jefes de Área poniendo en riesgo la integridad física de todos los trabajadores y trabajadoras que integran el Servicio de Parque Móvil y Talleres.

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