Resumen Mesa General de Negociación 23-11-2022

Contigo Sí siempre ha querido que nadie que se encuentre en Fraude de Ley por ser personal interino fuera despedido y perdiera su puesto de trabajo.

Esta ha sido nuestra premisa que siempre nos ha llevado a defender unas Bases de Consolidación justas, legales, y propias, y que distan de la propuesta por Diputación y resto de Sindicatos que se han puesto de acuerdo para despedir a personal que con otras bases conservarían sus puestos de trabajo.

Han mentido a la gente diciendo que no se pueden hacer mejor, y su prepotencia, aprovechando su mayoría en votos en la Mesa General de Negociación, van a propiciar estos despidos, sin importarles quien se vaya a la calle.

¿Qué dijo el representante del CSIF en la mesa general del 27 de julio de 2022, y que consta literalmente en acta?, lo siguiente:

  • Nosotros estamos cumpliendo las directrices que nos marcaron desde el principio, en el sentido de que no teníamos que hacer ninguna propuesta, las bases las prepara la Administración…estamos hablando que pueden estabilizar entre el 90 y 95% de los compañeros…”

Pues ahí está, pero es que no acierta ni con la cifra, pues según nuestras estimaciones se van a despedir entre el 20 y 30 % del personal interino que se encuentra en Fraude de Ley en esta casa, y van a ser sustituidos por personal que no están trabajando en esta Diputación, y que no se encuentra en Fraude de Ley. Pero es que a estos sindicatos, que tanto se les llena la boca cuando hablan de defender a los trabajadores, les da igual…

Dicho esto pasamos a resumir lo que en esta Mesa se trató:

Punto 1º.- Pedimos la rectificación del acta de la Mesa General del 27-07-2022, porque la extensa intervención de este sindicato ha sido silenciada, pidiendo que se incluya en el acta todos los argumentos que se expusieron, y que se corrijan las pocas palabras que en esta se recogen, (incluso subrayadas), por no haberlas mencionado, queriendo de esta manera presuntamente reflejar en este acta una interpretación torticera de nuestra intervención.

Punto 2º.- Propuesta criterios generales bases Concurso_Oposición estabilización.

El Vicepresidente da lectura de la propuesta que realiza la Diputación documento que adjuntamos al final. Nuestro Sindicato CONTIGO Sí realizamos varias enmiendas a esta propuesta que reproducimos literalmente:

Que, al igual que propusimos para el CONCURSO como medida de indemnización, para todos los interinos en activo y en fraude de ley, que se aplique un siste ma de valoración que reconozca dicha circunstancia y se establezcan diferencias entre los que se encuentran en esta situación y los que no lo están. Para ello proponemos varias alternativas que ya han sido establecidas en otras administraciones.

Dichas posibilidades son:

Valorar más la antigüedad, al personal interino que actualmente ocupe la plaza objeto de la convocatoria.

-Establecer una valoración de antigüedad por tramos, valorando más los actuales.

-Incluir en los méritos una puntuación por la permanencia en activo en la plaza objeto de la convocatoria, en reconocimiento de la dedicación, compromiso y desempeño.

Estos sistemas de baremación, ya se han publicado en otras administraciones, como en las diputaciones de Sevilla y Badajoz, Generalidad de Cataluña, en los ayuntamientos de Orihuela, Torrevieja, etc, los cuales han justificado la constitucionalidad de establecer estas diferencias, basándose en que son una medida de indemnización hacia los empleados que se encuentran en fraude de ley por abuso de la temporalidad, así como para garantizar los principios de austeridad (evitando indemnizaciones por despido) y de eficacia en la prestación de los servicios públicos (manteniendo a los empleados que tiene experiencia actualizada en los mismos). Hemos aportado las bases del Ayuntamiento de Torrevieja con los argumentos jurídicos en los que se sustentan, argumentos que son casi idénticos al informe presentado por CONTIGO SÍ.

Respecto a las categorías de Mecánico Conductor Bombero y Profesor de Música y Artes Escénicas, en las cuales ha de realizarse una segunda prueba, hemos propuesto que ésta se califique de APTO o NO APTO, eximiendo de realizarla a los interinos que las superaron con anterioridad y se encuentren en activo, dado que éstos tienen acreditada su capacidad para desempeñarlos.

Nos parece carente de ninguna lógica que, para la categoría de Mecánico Conductor Bombero, se propongan unas pruebas físicas iguales a las que se realizaron en el año 2011, las cuales fueron extremadamente exigentes y no se tomen como referencia las realizadas en 2013, que fueron convocadas en un proceso de consolidación de empleo mucho más parecido al actual.

Una vez realizada esta enmienda, hemos pedido que se sometiese a votación entre los miembros de la Mesa, el Vicepresidente de la Diputación no ha dado opción a dicha votación, vulnerando los principios básicos del derecho a la negociación. El resto de sindicatos tampoco ha apoyado nuestra propuesta, dando por cayada su respuesta.

También hemos alegado que no creemos que sea justo en los criterios de desempate que el primero ocupar o haber ocupado plaza o puesto estructural de la categoría objeto de la convocatoria, a tal efecto hemos propuesto que se sustituya por ocupar la plaza o puesto en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias. Todos los asistentes han estado de acuerdo, aceptando dicha modificación.

Al final la propuesta de criterios generales del CONCURSO OPOSICIÓN, se aprobó con los votos a favor de PSOE, I.U. CCOO,UGT, CSIF, y SPPLB; con las abstenciones de PP y CIUDADANOS y el voto en contra de CONTIGO SÍ.

Punto 3º.– Aprobación de bases de los procesos selectivos convocados mediante el procedimiento de CONCURSO. La propuesta consta de un total de 48 bases de convocatoria de otras tantas categorías, con los criterios que se aprobaron en julio.

CONTIGO SI nos opusimos, por las razones que hemos repetido durante todo el proceso, y que hemos argumentado con informes jurídicos propios y de otras administraciones, donde si han aprovechado la ley para realizar una estabilización para todos, sin excluir a nadie.

También advertimos de los riesgos de valorar en algunos procesos, servicios prestados en plazas distintas a las convocadas. En el caso de Operarios valoran los servicios prestados como Portero, Portero Celador y Ordenanza, esta valoración no se ha hecho nunca en la Diputación y va a ocasionar que algunos interinos pueda obtener dos plazas, desplazando a otro que ocupe una de ellas. Nosotros proponemos que en este caso se valore la antigüedad en la plaza y no en el puesto, para que cada uno pueda consolidar en la plaza que realmente ocupa, de esta manera no se deja a nadie fuera. Aún así el resto de sindicatos votó en contra de nuestra propuesta.

Finalmente las bases del CONCURSO se han aprobado con los votos a favor de PSOE, IU-GANEMOS, CCOO, UGT, CSIF Y SPPLB y los votos en contra de PP, CIUDADANOS y CONTIGO SÍ.

CONTIGO SÍ ha votado en contra, porque estamos convencidos que para desarrollar una estabilización de empleo justa y efectiva, es fundamental establecer diferencias que indemnicen al interino en fraude de ley, de lo contrario se estará favoreciendo que muchos interinos en abuso de temporalidad sean despedidos, a cambio de que otros, que no lo están, puedan acumular varias plazas para posteriormente dejarlas en excedencia, volviendo a crear interinidad. La ley nos ha brindado una oportunidad única e histórica y la Diputación y el resto de sindicatos han aprobado unas bases que excluyen a gran parte de estos interinos.

Manifestamos nuestro desacuerdo en esta Mesa, además recordando en la misma, que las Bases del Concurso en la Diputación Provincial de Albacete, incumplen la Directiva Europea 1999/70 CE, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de las CES, la UNICE, y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, además de las Sentencias del TJUE de 19 de marzo de 2020, 11 de febrero de 2021, y 3 de junio de 2021, creando así una sería duda más que razonable, del porqué esta Diputación no sigue ni los propios argumentos del Tribunal Constitucional, pues adolece de informar, y esconde además, la Sentencia del Tribunal Constitucional, publicada en el BOE nº 65. Suplemento, de fecha 17 de mayo de 1.999, dónde se establecen tramos de puntuación incluso dentro de la propia Administración, diferenciando a quien es personal interino en activo, y quién fue y no se encuentra ya en activo, y a quién pertenece a otra administración. Sentencia repetida en varias ocasiones en todas las mesas en las que el Sindicato Contigo Sí ha participado y, tanto esta Diputación como el resto de sindicatos, han hecho caso omiso a la misma a pesar de que esta sentencia desmonta todos los argumentos que han ido pregonando por los centros de trabajo de esta casa.

Dejamos claro, que de esta manera se están alimentando las dudas sobre la actuación de esta Diputación y sus sindicatos afines, así como también se alimentan las probables demandas judiciales de las personas afectadas por las mencionadas BASES.

Albacete, a 25 de noviembre de 2022.

Los comentarios están cerrados.