Archivo de la categoría ‘Tablón Sindical’

INCENDIO YESTE

SECCION SINDICAL U.G.T. DIPUTACION C/ ISAAC PERAL, 11 02001 ALBACETE
Tlfno- 967241315 Fax 967520212 UGT@dipualba.es

INCENDIO DE YESTE

Desde esta Sección Sindical queremos hacer valer la participación masiva y la ayuda inestimable en pro de la extinción del incendio de Yeste de todos los compañeros del SEPEI.
Muchos de ellos han interrumpido sus vacaciones y descansos, y en algunas ocasiones han dejado a sus familias en la zona vacacional para acudir voluntariamente y en ciclos de 12 horas de trabajo a Yeste para intentar controlar el incendio.
Valoramos y agradecemos la dedicación y esfuerzo que estáis realizando y tenéis nuestro apoyo y las puertas abiertas de este sindicato para todo lo que necesitéis.
Animo y suerte compañeros.

Albacete, 1 de agosto de 2017

DENUNCIA DECRETO 1.471

presentación demanda

Esta  Sección Sindical ha presentado denuncia ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Albacete, contra el Decreto N.º 1.471 de fecha 30/06/2017, en el que se dispone la atribución temporal de funciones a dos trabajadoras de la Diputación, pasando  una de ellas del puesto de “Auxiliar Psiquiátrico Terapia Ocupacional (s.v.p.)  a desempeñar funciones de técnico coordinador área asistencial San Vicente de Paúl (GRUPO B) y la trabajadora que ocupa puesto de Jefa de Negociado Contabilidad Inversiones pasa a desempeñar funciones de Técnico Coordinador Área Administrativa y Servicios (S.V.P.) (GRUPO B). Todo esto sin pasar por los procedimientos Legalmente establecidos y sin tener en cuenta los principios de igualdad, merito y capacidad.

Esta Sección Sindical seguirá trabajando por la igualdad de oportunidades y por poner fin a los privilegios en la Administración. Actualmente tenemos pendiente:

– Que la Sala de lo Contencioso Administrativo dicte sentencia a la denuncia que este Sindicato hizo en el Juzgado en contra de las Comisiones de Servicio con mas de dos años de antigüedad, dándonos  la razón en primera instancia, recurriendo Diputación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo.

– Que la Diputación cumpla con lo dispuesto en la Sentencia favorable al SPPLB, del Juzgado Nº1 de lo Contencioso Administrativo de fecha 6 de junio de 2017 y de traslado a este Sindicato de la relación de puestos que están ocupados en desempeño provisional de funciones  y comisión de servicio, con indicación de la creación de la plaza y la fecha desde que se encuentra ocupada.

OS SEGUIREMOS INFORMANDO

Un saludo

CSI·F GANA LA PRIMERA BATALLA CONTRA LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO EN LA DIPUTACIÓN

CSI·F GANA LA PRIMERA BATALLA CONTRA LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO EN LA DIPUTACIÓN

El día 16 de noviembre de 2015, mediante decreto de Presidencia se cesa al hasta entonces Jefe del SEPEI, con plaza de Oficial de dicho Servicio, y se le atribuyen esas funciones de jefatura a un Sargento del mismo, saltándose lo establecido en el Acuerdo Marco y demás legislación aplicable.

La Sección Sindical de CSI·F en la Diputación, advirtió mediante escrito dirigido al Sr. Presidente de esta institución, de que esa forma de cubrir la mencionada jefatura había sido declarada ilegal mediante sentencia firme en el año 2013 (sentencia 4/13 de 14 de enero, Contencioso/Administrativo nº1)

A pesar de nuestra advertencia, de la del servicio de intervención y de la mencionada sentencia, dicha atribución se llevó a cabo aún a sabiendas de que se estaba cometiendo una ilegalidad. Como no podía ser de otra manera CSI·F presentó la correspondiente demanda, la cual se estimó en el juzgado Contencioso Administrativo nº2, mediante sentencia nº 50 de 11 de abril de 2016. Sentencia en la que se recoge lo siguiente: “Ante la repetición de la misma conducta contraria a la legalidad al efectuar un nombramiento, para el mismo puesto de Jefe del SEPEI, al margen del procedimiento legalmente establecido y para cuyo fin se remueve previamente el obstáculo que supone la existencia de otro funcionario ocupando dicho puesto para lo que se acuerda su cese, decisiones que se puede ya anticipar estarían incursas, cuando menos, en una desviación de poder”.

Ante una sentencia tan contundente y que ya condenaba en costas a la administración, nos consta que el Servicio Jurídico de la Diputación informó en contra de presentar recurso de apelación. La Corporación, lejos de admitir las recomendaciones con criterio técnico del Servicio Jurídico, nombra a un abogado de la calle, no sabemos con qué criterio, el cual tendremos que pagar entre todos, para que presente recurso de apelación ante el TSJ de Castilla la Mancha.

Si la sentencia del Juzgado nº2 ya era muy contundente al respecto, la del TSJ (nº 327 de 13 de julio de 2017) lo es más aun si cabe, y en su apartado séptimo señala:  “En suma la sentencia no puede ser sino confirmada ante la evidente ilegalidad y arbitrariedad del acto dictado haciendo caso omiso de expresas advertencias judiciales, de la Intervención y sindicales y pretendiendo situar la libérrima voluntad del autor del Decreto por encima de la legalidad y de los tribunales”.

Nuevamente se imponen las costas a la Diputación, citamos literalmente la sentencia: “procede su imposición a la parte apelante. Dicha imposición procede tanto por vencimiento como por temeridad; pocas  veces ha podido contemplar esta Sala un escrito forense tan falto de coherencia, inteligibilidad o sentido, tanto en el fondo como en la forma”.

Resumiendo, nombran a dedo a una persona afín, a sabiendas que es ilegal porque ya existe una sentencia, el juzgado se lo tumba otra vez y condena a pagar las costas, hacen caso omiso al servicio jurídico de la Diputación y nombran a un abogado de fuera para que la recurra y lo vuelven a tumbar  y condenan en costas en el TSJ. La pregunta es… ¿cuanto le va a costar esto a la Diputación? De momento las costas del Juzgado y las del TSJ, la minuta del abogado, y las correspondiente indemnización al funcionario que cesaron.

Lejos de acatar la sentencia, se han dedicado a multiplicar esta práctica hasta la saciedad, nombrando atribuciones temporales de funciones a un sinfín de trabajadores afines, habremos superado ya la veintena, en los últimos casos, como hemos denunciado recientemente, se permiten atribuirle funciones y salario del grupo B a trabajadores del grupo D. Un patrón muy común entre los afortunados, es pertenecer a un determinado sindicato de clase.

Tanta responsabilidad tienen en esta ilegalidad los que gobiernan (PSOE) como los que les dan su apoyo. Nos referimos a Ganemos-IU, que se erigen como garantes de la legalidad y denuncian clientelismo político y sindical cuando les interesa, pero que miran hacia otro lado en este tipo de nombramientos “a dedo”. A ver si ahora ponen en conocimiento de la Fiscalía estos nombramientos y los catalogan igualmente de clientelismo político y sindical. En este caso lo tienen más fácil, porque ya existe una sentencia confirmada por el TSJ que lo corrobora.

CONCURSILLO

LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

EXPONE:

Que con fecha 30/06/2017 y nº de decreto 1471, la Diputación Provincial de Albacete, ha nombrado en Atribución Temporal de funciones a 2 trabajadoras para puestos de Técnico Coordinador de Área Asistencial y Área Administrativa y Servicios de San Vicente de Paúl.

Es por lo que,

SOLICITA:

Que a la mayor brevedad posible se realice el correspondiente “Concursillo” según se recoge en el Artículo 13 del Acuerdo Marco/Convenio Colectivo vigentes hasta que estos puestos se cubran de forma definitiva.

Albacete, a 12 de julio de 2017

LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

ILMO SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE

ESCRITO ACTA 28 diciembre

ESCRITOS

LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

EXPONE:

Primero.- Que existen “comisiones de servicio” y “desempeños provisionales de funciones”, que exceden del plazo legalmente establecido y que año tras año y corporación tras corporación se  siguen manteniendo en esta situación irregular.

Segundo.- Que últimamente se esta generalizando la utilización de la figura de “atribución temporal de funciones”. CCOO  en la Mesa General de Negociación del 28 de Diciembre de 2016, ya pedimos a la corporación que subsanase todas estas irregularidades. Adjuntamos escrito presentado en dicha Mesa.

Tercero.-  Que todos estos nombramientos generan un perjuicio ante la imposibilidad de promoción en unas condiciones de igualdad, mérito y capacidad para todos los trabajadores/as de esta Diputación.

Es por lo que,

SOLICITA:

Primero.- Que  se nos facilite una relación actualizada de todos los puestos ocupados en “comisión de servicio”, en “desempeño provisional de funciones” y en “atribución temporal de funciones” existentes a fecha de hoy.

Segundo.-   Que se proceda de acuerdo con los procedimientos fijados en el Artículo 13 del Convenio Colectivo/Acuerdo Marco vigentes y con el orden establecido en este artículo.

Albacete, a 12 de julio de 2017

LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

ILMO SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE


Coordinadores S.V.P.

Visto el Decreto Presidencial nº 1471 de fecha 30 de junio de 2017 por el que se nombra a un Auxiliar de Clínica como Técnico Coordinador Área Asistencial en S.V.P. y un Auxiliar Administrativo como Técnico Coordinador Área Administrativa y Servicios de S.V.P., ambos del grupo de titulación “B/A2”,  esta Sección Sindical tiene a bien

MANIFESTAR lo siguiente:
Compartimos el malestar que se ha producido con estos nombramientos, máxime cuando no se ha dado la oportunidad de concursar a los trabajadores que pertenecen a los grupos “B/A2” y “C/C1”.
Reiterar, una vez mas, que la cobertura de los puestos de trabajo han de realizarse conforme a lo establecido en el vigente Acuerdo Marco, realizando anualmente el concurso general de puestos trabajo y, con anterioridad, los concursillos, que han de ser el objetivo prioritario ante las vacantes creadas y producidas.
Esta Sección Sindical se reserva el derecho a realizar cuantas acciones estimemos oportunas con el fin de dar cumplimiento a los vigentes Convenio Colectivo y Acuerdo Marco.

Albacete, 11 de julio de 2017

COMUNICADO

COMUNICADO

La Residencia Asistida San Vicente de Paúl, viene sufriendo un problema crónico que ni en su día el PP, ni el PSOE han podido solucionar hasta ahora y que se ha ido agudizando año tras año.

Según se desprende del estudio efectuado en esta residencia asistida por la empresa “Volmae”, existe un riesgo psicosocial para los trabajadores/as de este centro. Como consecuencia de este estudio y teniendo en cuenta sus recomendaciones, el equipo de gobierno actual, en un intento de tratar de solucionar este y otros problemas existentes en San Vicente de paúl,  ha determinado nombrar a 2 “coordinadores/as” para tratar de corregir todas las anomalías que se desprenden del mencionado informe.

A la vista de los escritos del Csif y Spplb, tenemos que aclarar que CCOO votó a favor de la creación de estos 2 puestos, pero no se votó la forma de provisión de ellos, tan solo reivindicamos que estos puestos fueran cubiertos por trabajadores/as de esta Administración.

CCOO siempre hemos exigido y exigiremos a la Diputación que se cumpla el Convenio Colectivo y el Acuerdo Marco vigente, que se desarrolle la Oferta de Empleo Público, que se realicen los concursos de traslados anuales, que se convoquen por el procedimiento legalmente establecido todos aquellos puestos desempeñados tanto en comisiones de servicios caducadas como desempeños provisionales caducados, y  que no se utilice la figura de la Atribución temporal de funciones como una alternativa a la Comisión de Servicios y de manera habitual ya que solo se permite para situaciones tasadas.

Desde la Sección Sindical de CCOO reconocemos el derecho que todas las secciones sindicales tenemos de ejercer las acciones que consideremos oportunas, para defender los intereses individuales o colectivos que se puedan lesionar, derivados de los actos administrativos que la corporación ejecute y tomaremos las medidas que consideremos oportunas.

Albacete, a 10 de Julio de 2017                         LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

PLATAFORMAS SINDICALES UTILIZADAS COMO TRAMPOLÍN PROFESIONAL

PLATAFORMAS SINDICALES UTILIZADAS

COMO TRAMPOLÍN PROFESIONAL

Una vez más, vemos como sindicalistas dan el salto a categorías superiores sin pasar por los procedimientos legalmente establecidos. Sindicalistas que ponen como bandera la legalidad, aparentando que luchan por los intereses de los trabajadores y por la igualdad de oportunidades, promocionan sin procesos selectivos.

En Mesa General del día 1 de junio de 2017, se aprobó la creación de dos plazas de coordinador de las Áreas Asistencial y Administrativa, motivada por la nueva reestructuración y organización del Centro de San Vicente de Paul,  con el voto favorable de todos los grupos políticos y de los sindicatos CCOO, CSIF y UGT.  Este  sindicato voto en contra porque creemos que las prioridades de este Centro no son la creación de dos plazas de coordinador/a y más cuando se intuía que estas plazas ya tenían asignadas a dos personas.

¡ASI NO!, CLARO QUE NO, SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

Parece que el cuento cambia cuando los/las  representantes sindicales anteponen sus intereses personales al de los trabajadores y trabajadoras de la Diputación, que entonces SI ¿ASI SI? , con esta expresión puede acabar CCOO defendiendo lo indefendible.

El otro puesto de coordinador/a, será más de lo mismo. No tenemos el Decreto del nombramiento y no sabemos quien ocupará o está ocupando esa plaza, que independientemente de quien sea, sigue siendo igual de escandaloso que la ocupada por la Delegada de CCOO.

Y ya metidos en materia, otros sindicatos deberían mirarse el ombligo y ver de entre sus filas quienes están en posición de privilegio con alguna comisión de servicio o desempeño provisional eternizado.

LA DIPUTACIÓN SIGUE CON SUS NOMBRAMIENTOS A DEDO, “PISOTEANDO” EL ACUERDO MARCO Y CONVENIO COLECTIVO.

LA DIPUTACIÓN SIGUE CON SUS NOMBRAMIENTOS A DEDO, “PISOTEANDO” EL ACUERDO MARCO Y CONVENIO COLECTIVO.

Recientemente, hemos tenido que presenciar otro capítulo más de nombramientos a dedo, pero esta vez, si cabe, de manera más escandalosa. Nos referimos al nombramiento de los dos “Técnicos Coordinadores de San Vicente de Paul”, a los cuales se les asignan funciones y sueldo del grupo B (nivel 26), cuando el puesto que realmente ocupan pertenece al grupo D (nivel 16 en un caso y 18 en otro).

La Sección Sindical de CSI·F, lleva tiempo denunciando el uso fraudulento que se está llevando a cabo últimamente en la Diputación, de la figura de atribución temporal de funciones, nombrando arbitrariamente a quien les conviene y saltándose a la torera toda la legislación aplicable. De esta manera, se impide al resto de los trabajadores  optar a esos puestos, mediante los procedimientos establecidos en el Convenio Colectivo y Acuerdo Marco. Suponemos que el Sr. Presidente es consciente de esta situación y sus posibles consecuencias.

Por otro lado, ya son muchos los trabajadores que se preguntan, si este ascenso tan descarado, será consecuencia de la actitud complaciente del sindicato al que pertenece alguna de ellas,  con el grupo Ganemos IU,  durante las recientes protestas de los trabajadores ante el pleno de la Diputación.

Esta Sección Sindical, ha iniciado todas las medidas a su alcance, incluidas las  legales, para poner fin, de una vez por todas, al abuso que se está llevando a cabo con este tipo de nombramientos.

SENTENCIA FAVORABLE AL SPPLB

( DERECHO FUNDAMENTAL DE LIBERTAD SINDICAL)

Este Sindicato viene pidiendo información en relación a los puestos que se encuentran vacantes en la RPT ocupados estos de manera provisional en comisión de servicio, desempeño provisional, interinidades, etc.……

Este derecho que se reconoce como fundamental en la Ley de libertad Sindical, ha venido siendo denegado reiteradamente a este Sindicato por el actual Equipo de Gobierno, creemos, bajo las indicaciones del asesor de personal.

El JUZGADO DE LO CONTENCIOSO/ADMTVO .Nº1, le da la razón al Sindicato Profesional de policías Locales y Bomberos de la Diputación de Albacete, instando a esta Administración a dar la información que desde este sindicato le solicite, cumpliendo así, con lo dispuesto en la Ley de Libertad Sindical.

Albacete a 28 de junio de 2017