SOLICITUD AYUDA SOCIAL
Teniendo en cuenta que ya se ha procedido a abrir el plazo de presentación de instancias para la ayuda social correspondiente al año 2022 (del 1 al 30 de noviembre de 2022), pasamos a explicaros el procedimiento para solicitarlo.
Se hace telemáticamente a través del portal del empleado en la página web dipualba.es. Una vez en el portal del empleado, arriba a la derecha, pinchar en el link «otra información» y en el desplegable, pinchar «modelos de solicitud«. Abajo a la izquierda en azul, pinchar en el link «solicitud ayuda social» y una vez dentro, abajo pinchar en «nueva instancia» y proceder a rellenarla. Se necesita hacerlo con el certificado digital. Una vez rellenada la instancia y registrada, entonces es cuando hay que acudir presencialmente al Registro de la Diputación con los originales de la/las factura/as así como el original de la prescripción facultativa para su verificación, conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es obligatorio marcar la declaración jurada que consta en la instancia.
DOCUMENTOS:
- Declaración de la renta o certificado de no tener obligación de presentarla cuando las peticiones sean en beneficio del cónyuge o hijos mayores de 16 años (SE ADMITE DOCUMENTO ELECTRÓNICO CON CSV).
- Factura con fecha comprendida entre el 1 de noviembre de 2021 al 31 de octubre de 2022 (SE REQUIERE ORIGINAL PRESENCIALMENTE).
- Prescripción facultativa (SE REQUIERE ORIGINAL PRESENCIALMENTE)
REQUISITOS DE LA INSTANCIA
- La instancia no requiere firma
- El trámite requiere que el/la solicitante se identifique con certificado digital o sistema Cl@ve
- Permite interesados que sean personas físicas