Información relativa a entrega a cuenta nómina de febrero de 2024
Se abonan en la entrega a cuenta de la nómina de febrero de 2024, las ayudas sociales pendientes de Natalidad, Nupcialidad, discapacidad y Renovación del carnet de conducir 2023, en virtud del Decreto 833 de 19-02-2024 y se actualizan las retribuciones con el incremento del 2023 del 0,5 % sobre las de 2022, en virtud de la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y del Decreto 848 de 21-02-2023.
La subida del 2% de las retribuciones de 2023 para 2024 recogido en el ‘Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI’ se realizará cuando se refleje en la normativa estatal; Ley General de Presupuestos de 2024, y las ayudas sociales de 2023 cuyo plazo de presentación es el mes de noviembre de 2023 ( ópticas, odontológicas, etc) se encuentran en tramitación.
Se recuerda que si se produjera algún cambio en sus datos personales que impliquen modificaciones en su retención: hijos, minusvalías, etc pueden consignarlos en el modelo 145 en el siguiente enlace: Modelo 145.
Así mismo si se modifica su números de cuenta, que deben de comprobar periódicamente, han de proceder a modificar la ficha de terceros para evitar la demora en el abono de su nómina.
Pueden rellenar la ficha de terceros electrónica en este enlace fichaterceros y una vez firmada, nos enviáis el pdf generado al correo nominas@dipualba.es
Los Decretos y normas que recogen las Gratificaciones y horas extraordinarias se han refundido en el Decreto 1868 de 22 de junio de 2020, que establece que cualquier expediente remitido a la Intervención con la denominación de “Atrasos”, por la realización de horas extras o urgentes en meses anteriores al que corresponda el devengo de la nómina, que incumpla con los procedimientos anteriores, será causa de reparo, y No abono del mismo, excepto si previos los informes justificativos del Responsable del Servicio en el que se especifique claramente el motivo del atraso, fuera solventado por la Presidencia en los términos del art. 12 del Real Decreto 424/2017 de 29 de abril.
Se recuerda que el detalle de las incidencias abonadas se puede consultar el portal del empleado y que si les falta alguna incidencia del mes abonado deben de reclamar a su servicio para que la incluya en el programa de incidencias desde el que se trasladan a nóminas.
Se ruega que para las cuestiones en las que sea necesario contactar con esta sección utilicen el correo nominas@dipualba.es en lugar de la vía telefónica, tal como se comunicó mediante circular de Vicepresidencia de 2 de febrero de 2021 que se transcribe a continuación:
Por la presente se comunica a todo el personal adscrito a los diferentes servicios de la Diputación que las consultas referentes a la nómina se realizarán siempre por escrito a la siguiente dirección: nominas@dipualba.es.
Resumen MGN del 20 de febrero de2024
El 20 de febrero de 2024 se ha celebrado la Mesa General de Negociación con los siguientes puntos a tratar:
1º.- Aprobación de las Actas anteriores.
2º.- Interpretación del art. 24 del Convenio Colectivo y del art. 20 del Acuerdo Marco dejándolo aplazado para tratarlo en la mesa técnica del SEPEI.
3º.- Abono incentivo jubilación anticipada voluntaria para el personal laboral. Desde Contigo Sí nos oponemos rotundamente a esta decisión unilateral del equipo de gobierno de la Diputación, consideramos que en este caso no es de aplicación la sentencia en la que se basa la propuesta del Vicepresidente, ya que esa sentencia hace mención al Decreto-Ley 20/2012, art. 1 punto 1º dice textualmente “Las pensiones indemnizatorias, prestaciones compensatorias y cualquier otra percepción económica con ocasión del cese en cualquier cargo, puesto o actividad en el sector publico son incompatibles con cualquier retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas (…)” donde ese articulo ha sido modificado en una Ley posterior, la 22/2021 de 28 de diciembre que en su art. 1 punto 1º habla del cese de los “altos cargos”, no del cese de cualquier cargo, pues el art. 1 que es el que menciona la sentencia, se ha modificado en ese sentido y también se ha modificado en la Ley 31/2022 de 31 de diciembre, en el sentido que “No se pueden suspender los pactos y acuerdos”. El equipo de gobierno no puede hacer esos cambios de manera unilateral y sin previa negociación con las secciones sindicales. Creemos que la legislación ha cambiado desde esa sentencia del Supremo, de echo el informe que elabora la Jefa del servicio de RRHH en el apartado 5º, dice textualmente “El procedimiento para declarar contrario a derecho y no aplicable este precepto es ciertamente discutible ante al derogación de la Disposición Adicional segunda o el art. 16 del citado Real Decreto”. Con estos argumentos la Diputación se escuda en el Secretario y el Interventor, amparándose en que se producirá un reparo en estos pagos y eso anularía el derecho de los trabajadores laborales a recibir esa compensación. Todas las secciones sindicales nos mostramos en contra, menos CSIF que no se pronunció al respecto. Al final se ha optado por aplazar esa decisión para la semana que viene y llevar esta cuestión a una Mesa General de Negociación Extraordinaria.
4º y 5º Jubilaciones parciales de varios empleados, a lo que hemos votado a favor.
6º y 7º.- Procedimiento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral a proveer a través del sistema de concurso 2022 y 2023, II Fase. Se aprueba la II Fase del concurso de traslados. Por parte del RRHH se propone una III, fase que se convocaría para el verano, y así poder resolver en esta II Fase los procedimientos que actualmente están en marcha. Se ha excluido de la II Fase del Concurso el cod. F41-479-0010 Supervisor/a de Auxiliares de Enfermería, argumentando la intención de reestructurar el Servicio. Este cambio de excluir el código de Supervisor/a de Auxiliares de Enfermería, se nos informa durante la MGN ya que en la propuesta inicial si que estaba incluido, otra decisión unilateral. Grupos políticos y Sindicatos hemos votado a favor de esta II Fase de concurso.
8º.- Lista de espera de Técnico Medio de Gestión Documental. En este punto hemos votado a favor.
Se continua la reunión con la lectura de varios escritos. En nuestro caso hemos presentado dos escritos a la MGN. El primero de ellos referente al anuncio recibido el día 15 de diciembre de 2023 a través de la aplicación FUOCO, modificando las condiciones de disfrute de las vacaciones y libranzas en el SEPEI, Contigo sí ha mostrado su rechazo al mismo, decidiéndose continuar tratándolo en la Mesa Técnica del SEPEI. En el segundo escrito hacemos referencia a que se inicie la negociación correspondiente a la Oferta de Empleo Público de los años 2022 y 2023, y proponemos la integración de las plazas resultantes a la oferta del año 2021, la cual aún se encuentra pendiente de su desarrollo. Con esta medida, buscamos garantizar una cobertura más completa de las necesidades laborales, promoviendo la estabilidad y la calidad en el ámbito laboral ya que consideramos que este año acaban muchos contratos de interinos a los que se les puso un límite de tres años. La respuesta del Vicepresidente fue que hasta que no terminen todos los procesos de estabilización, no se va a negociar la Oferta de Empleo Público.
Se ha pedido a la Mesa General de Negociación, para el colectivo del personal laboral, que pueda tener un desarrollo profesional mejor permitiendo la movilidad entre puestos del mismo nivel, de la misma manera que se lleva a cabo en otras administraciones, así como convocar e incentivar la promoción interna recogida en nuestro Convenio Colectivo.
Por parte de otra sección sindical se expuso que en el Real Conservatorio de Música y Danza se está preparando un documento en el que se abordan asuntos referentes al personal que contradicen lo establecido en nuestro Acuerdo Marco y Convenio Colectivo. En Contigo Sí hemos dejado claro que las condiciones laborales de los trabajadores no se pueden modificar unilateralmente en ningún centro ni servicio.
Solicitamos el prorrateo del cobro de las noches y fines de semana para todos los trabajadores que realizan turnos. Que se incluyan los fines de semana y las noches en la nómina, ya que al estar incluidos en el turno anual, se conocen de antemano por lo que no pueden considerarse como una gratificación extraordinaria. Otras secciones sindicales propusieron vincular el prorrateo a un cambio de horario, cuando son cosas totalmente diferentes. El equipo de gobierno se comprometió a hablar con Intervención para buscar una solución.
Exigimos que las posibles reuniones que se celebren para estudiar la reclasificación del personal del SEPEI se convoquen con la presencia de todas las secciones sindicales para tratar este asunto de manera abierta y transparente.
MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN 20/02/24
RESUMEN MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN 20-02-24.
El día 20 se celebró una reunión de la Mesa General de Negociación, y a continuación pasamos a resumir el contenido de la misma:
Se han aprobado por unanimidad las actas de las dos últimas sesiones celebradas los días 3 de noviembre y 13 de diciembre pasados, sin que se produjera ninguna intervención al respecto.
Punto 2.- Interpretación artículos 24 del Convenio Colectivo/ 20 del Acuerdo Marco, en lo relativo a la forma de disfrutar las vacaciones regladas en el SEPEI, dadas sus peculiaridades horarias .
El pasado mes de diciembre se publicó en el tablón de anuncios del programa de gestión Fuoco del SEPEI, la obligatoriedad de que nuestros compañeros tengan que cogerse sus vacaciones regladas en turnos de 24 horas continuadas y sin posibilidad de acumularlas a otras libranzas.
CCOO, en la reunión mantenida con el Diputado de Personal y responsables de RRHH, previa a esta MGN, les transmitimos que no entendíamos el cambio de criterio en la forma de disfrutar estas vacaciones, ni el hecho de que se haya hecho de forma unilateral y sin negociación alguna, argumentando además motivos de organización o económicos para ello, ya que desde hace unos 12 años se está permitiendo disfrutarlas en periodos de 7, 10, 14 o 24 horas – según la propia indicación en documento interno remitido por jefatura a los parques para su conocimiento-, sin que haya supuesto ningún problema y ajustándose a lo recogido en el Acuerdo Marco para todo el personal.
Igualmente expusimos que se puede comprobar estadísticamente que no es la norma general el que se produzca un abuso sino más bien, que el exceso se puede producir por las propias características especiales del horario (p.e. las libranzas de 12 horas por formación que permite solicitar vacaciones en las 12 horas siguientes, o que los “picos” que quedan de vacaciones regladas, se permite disfrutarlos en periodos de 5, 7 o 15 horas, etc) y que en cualquier caso, se sancione a quien lo realice o lo consienta, pero no a todo el personal. Tampoco consideramos que afecte a la correcta prestación del servicio, o que suponga un coste económico en horas extras, ya que en la mayoría de los casos no se conceden permisos por vacaciones regladas o no se deberían conceder si no se cumplen los mínimos establecidos por turno.
Por todo ello, agradecemos que el Diputado de Personal escuchara nuestra reivindicación y haya decidido dejar este punto sobre la mesa, para realizar su estudio y en base a los resultados, dar las directrices oportunas.
Punto n.º 3. Abono del incentivo de jubilación al personal laboral que lo hubiera solicitado, por un lado, y por el otro, la inaplicación del artículo del Convenio Colectivo que lo establece, es decir la desaparición del “Premio de Jubilación”.
Por parte de CCOO, hemos reiterado nuestra oposición a que en un mismo punto del orden del día se incluyan dos asuntos divergentes, puesto que para la mayoría de miembros de la parte sindical de la MGN, si bien estaríamos totalmente de acuerdo con uno de ellos (el abono del incentivo a los compañeros y compañeras que lo hayan solicitado), estamos radicalmente en desacuerdo con el otro, la inaplicación a partir del momento de su aprobación en esta MGN de 20 de Febrero del artículo 42 del Convenio Colectivo, que establece dicho premio, según recogía la propuesta del Diputado de Personal y “en aras a la adecuación con la jurisprudencia del Tribunal Supremo”.
Por parte de la Presidencia se recoge nuestra queja, y se indica que se votarán ambos asuntos por separado.
Aceptada nuestra petición en cuanto a votarlo independientemente, hemos reiterado nuestra oposición a dicha inaplicación, exponiendo y reivindicando además que si se hacía como recogía la propuesta, -aceptar las peticiones realizadas hasta la fecha de esta MGN-, se estaría produciendo un agravio comparativo con respecto al personal funcionario, para quien cuando se aprobó la inaplicación del articulo 33 del Acuerdo Marco con idéntico contenido (supresión que también votamos en contra) en MGN de 3 de marzo de 2022, se dejó un margen inicial de 6 meses, que finalmente se ampliaron a 2 más hasta un total de 8 meses, que permitía que el personal que quisiera y pudiera jubilarse anticipadamente con este incentivo, tuviera tiempo suficiente para tomar esa importante decisión.
Igualmente hemos defendido que este margen permitiría también la búsqueda de soluciones alternativas que compensen no sólo la parte económica, sino que promuevan medidas que incentiven la renovación generacional del personal de la Diputación, que resulten defendibles legalmente, y que satisfagan y beneficien a todas las partes.
El Diputado de Personal y presidente de la Mesa, ha asumido la petición de CCOO y este punto “se ha quedado sobre la mesa” para ver la posibilidad legal de dicha prórroga , redefinir la propuesta sólo en esto y poder verlo en una MGN extraordinaria con este único punto. Esto, en caso de resultar aprobado (con nuestro voto en contra), al menos permitirá que varios compañeros y compañeras tengan opción a la jubilación anticipada con el incentivo, de no haber sido por nuestra gestión, no se habría dado esta posibilidad.
Esto no quita para que desde CCOO sigamos reivindicando a la Corporación que estudiemos mecanismos y conceptos legales, que permitan seguir incentivando la jubilación anticipada del personal funcionarial y laboral de la Diputación.
Puntos 4 y 5.- Se ha aprobado la jubilación parcial de una compañera y un compañero.
Puntos 6 y 7.- II Fase concurso de traslados de personal funcionarial y laboral 2022 y 2023
Se han aprobado igualmente, la II fase de los concursos de traslados de funcionarios y laborales, aclarando desde RRHH que están orientados a la agilización de la resolución de los procedimientos de estabilización, ofreciendo al personal fijo la posibilidad de acceder mediante concurso a las plazas vacantes y las resultantes, serán las ofertadas a los aspirantes que hayan superado dichos procesos selectivos. Nos informan que el resto de vacantes se llevarán a una III fase de concurso de traslados, previsiblemente en el mes de mayo.
El punto 8 trataba sobre la creación de una bolsa de Técnico Medio de Gestión Documental y se ha aprobado por unanimidad.
Ruegos y Preguntas.-
Por nuestra parte, nos alegramos de que el Diputado de Personal se haya avenido a estudiar cómo facilitar que el personal laboral fijo de aquellas categorías que no tienen posibilidad de promocionar (personal de limpieza, de lavandería, etc) puedan acceder mediante concurso de traslados a puestos de ordenanza y portería, tal y como ocurre con el personal funcionarial. Esta es una vieja reivindicación nuestra ante los distintos equipos de gobierno y que últimamente la expusimos ante el Comité de Igualdad, cuando se estaba negociando el “III Plan de Igualdad” -que como sabéis se dedica exclusivamente a todo lo referente al personal de la Diputación-, igual que hizo UGT, al entender que es justa para que haya igualdad con el personal funcionarial. Nos sumamos por tanto a la petición escrita de este sindicato.
Por otra parte, hemos vuelto a exponer, tal y como solicitamos en la MGN del pasado día 3 de noviembre de 2023, que si bien somos conscientes de que hay que terminar el proceso de estabilización, vemos necesario que se agilice al máximo la negociación de las bases de los distintos procesos previstos en la OPE 2021, y sobre todo, que se acumulen a esa OPE’21 aquellas vacantes que se hayan producido desde la fecha de su publicación, dado que jurídicamente es completamente legal y además, se evitaría con ello que personal interino agote el plazo máximo de 3 años en su puesto, y se tenga que marchar. En este sentido, el sindicato Contigo Si se ha adherido a nuestra petición, mediante la presentación de un escrito, aunque sea 3 meses después.
Y por último y relativo al Conservatorio, también hemos manifestado nuestro total desacuerdo con que se esté trabajando sobre un documento denominado “Normas de convivencia, organización y funcionamiento” , en el que se tratan cuestiones como un Plan de Igualdad, temas de prevención, modificación de condiciones laborales de nuestros compañeros y compañeras, sustitución de artículos de nuestro Convenio Colectivo/Acuerdo Marco por otros de otras administraciones,etc., sin tener en cuenta que, dado que no son un organismo autónomo, están obligados a cumplir lo recogido en dichos Acuerdo/Convenio. Hemos solicitado por tanto que si bien es un documento que entendemos necesario, se tenga en cuenta nuestra queja, que en dicha negociación se dé participación a los responsables de los servicios de Diputación, en las materias que sean de su competencia y, en el caso de personal, que se negocie con los sindicatos cualquier cambio que se pretenda hacer en sus condiciones de trabajo, con el fin de que podamos defender los intereses de los trabajadores y trabajadoras de dicho centro.
Seguiremos informando.
INAPLICACIÓN POR PARTE DE DIPUTACION DEL INCENTIVO DE JUBILACIÓN VOLUNTARIA
En el dia de hoy hemos registrado con el número 4090 , la siguiente instancia:
El próximo 20 de febrero del corriente año, se nos ha convocado para una Mesa General de Negociación para, entre otros asuntos, el siguiente:
3.- Abono incentivo jubilación anticipada voluntaria personal laboral ejercicio 2024. SEGEX 1269709K.
La propuesta del Diputado de Personal, basado en informe emitido por el Secretario General de esta Excma. Diputación Provincial de Albacete y por la Adjunta de la Unidad Administrativa del Servicio de Recursos Humanos que dice textualmente:
“Así mismo declarar la inaplicación del artículo 42 del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de esta Excma. Diputación Provincial de Albacete, relativo al abono del incentivo de jubilación anticipada voluntaria, todo ello en aras a su adecuación con la citada Jurisprudencia del Tribunal Supremo.”
Desde el mismo conocimiento del orden del día, a iniciativa de UGT, hemos convocado reunión URGENTE Y EXTRAORDINARIA del Comité de Empresa para el próximo viernes 16 de febrero, para estudiar y valorar la adopción de cuantas medidas estimemos necesarias ante este atropello a la negociación colectiva.
Desde UGT lamentamos que la Diputación, basándose en un informe jurídico que consideramos profundamente equivocado, y antes de intentar contrastar otras opiniones y llamar a quienes tenemos la representación de los trabajadores afectados, haya preferido proponer incumplir sus obligaciones y acuerdos vigentes.
Creemos sinceramente que a todos nos iría mejor si se establecieran verdaderos cauces de diálogo y entendimiento. No basta con convocar Mesas de Negociación, de puro trámite y para hechos consumados.
Conforme establece el propio Convenio Colectivo, ante la posible nulidad de algún acuerdo firmado, lo que procede es RENEGOCIARLOS, no incumplirlos.
Desde UGT exigimos la retirada de la propuesta de suprimir los incentivos por equivocada en cuanto a su falta de consulta previa y diálogo con los representantes de los trabajadores, y porque entendemos no se ajusta a la legalidad.
Aprovechamos para ofrecer a la Diputación una nueva negociación de los incentivos para adelantar la jubilación voluntaria de los funcionarios que suprimió recientemente, por crear desigualdad con los laborales, incumplir los acuerdos y perjudicar a los funcionarios y a la propia Diputación.
Os informaremos de los acuerdos del Comité de Empresa.
Si quieres estar puntualmente informado, esta es tu Sección Sindical
Información relativa nómina definitiva de enero de 2024
En el concepto Atrasos Gratificaciones, se abonan incidencias, horas extras y horas extras urgentes, correspondientes al mes de diciembre de 2023 (SEGEX 1260824W, 1260833H, 1260836M), salvo las del servicio de Carreteras al no haberse recibido en plazo.
Se abonan las incidencias, horas extras, horas extras urgentes, dietas y locomoción, realizadas durante el mes de enero de 2024, salvo las del servicio de la UME al no haberse recibido todavía; así como las dietas y locomoción de diciembre de 2023 SEGEX 1271911T, 1271914Y, 1271938F, 1271944P, 1271945Q, 1260838P, 1261659E, respectivamente.
Los decretos y normas que recogen las gratificaciones y horas extraordinarias se han refundido en el Decreto 1868 de 22 de junio de 2020, que establece que cualquier expediente remitido a la Intervención con la denominación de “Atrasos”, por la realización de horas extras o urgentes en meses anteriores al que corresponda el devengo de la nómina, que incumpla con los procedimientos anteriores, será causa de reparo, y No abono del mismo, excepto si previos los informes justificativos del Responsable del Servicio en el que se especifique claramente el motivo del atraso, fuera solventado por la Presidencia en los términos del art. 12 del Real Decreto 424/2017 de 29 de abril.
Se recuerda que el detalle de las incidencias abonadas se puede consultar el portal del empleado y que si les falta alguna incidencia del mes abonado deben de reclamar a su servicio para que la incluya en el programa de incidencias desde el que se trasladan a nóminas.
La sección de nóminas les ruega que para las cuestiones que sea necesario contactar con este área utilicen el correo nominas@dipualba.es
SUBIDA 0,5 %
El pasado día 6 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el incremento retributivo del 0,5% para empleadas y empleados de las Administraciones Públicas.
La subida salarial se produce por la evolución del PIB nominal, cuyo dato avanzado de 2023 ha superado el 6% las previsiones del Gobierno. Una subida que formaba parte del Acuerdo firmado por el Ejecutivo y los sindicatos UGT y CCOO. El incremento tendrá efectos retroactivos para todo el año 2023.
Publicado este acuerdo en el BOE del día 8 de febrero, próximamente percibiremos dicho incremento en la nómina con efectos desde 1 de enero de 2023, que se consolidará para la subida pendiente de 2024.
Os adjuntamos la publicación del BOE.
Si quieres ser el primero/a en estar puntualmente informado, esta es tu Sección Sindical, UGT-Diputación