SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE INCIDENCIAS EN COMPLEMENTO ESPECÍFICO.

Hace unos días presentamos un escrito a Diputación exponiendo que los conceptos de nocturnidad, sábados, domingos y festivos, forman parte de lo que erróneamente se denominada “incidencias” cuando en realidad son conceptos regulares que forman parte de la jornada laboral de cada persona que trabaja en régimen de turnos. Es por tanto necesario que los importes correspondientes se incluyeran dentro del Complemento Específico, para igualar las nóminas de todos los trabajadores y trabajadoras de esta Diputación asegurando de este modo un pago periódico, estable y vinculado a las actualizaciones previstas conforme a las subidas salariales sin que sea preciso emitir nóminas complementarias.


Estos conceptos se están pagando en una nómina adicional lo que supone una carga administrativa duplicada, que podría evitarse si dichos conceptos se incluyeran en la nómina ordinaria, evitando la posibilidad de errores.

Por todo ello, hemos solicitado que desde el 1 de enero de 2026 se aplique la modificación del sistema actual de abono de esta parte de la nómina, a los trabajadores y trabajadoras que realicen jornadas nocturnas, retribuyéndose estas con el incremento del 30% sobre la retribución ordinaria conforme al artículo 36 del Convenio Colectivo y el artículo 28 del Acuerdo Marco.


Además hemos pedido que se aplique igualmente en el caso de la retribución de los sábados, domingos y festivos regulados en los artículos 37 del Convenio Colectivo y 29 del Acuerdo Marco sumándole las subidas salariales que se han acumulado desde 2018 hasta la fecha y se efectúe el pago desde el 1 de enero de 2026, conforme a la clausula de revisión salarial prevista en el artículo 29 del Convenio Colectivo y artículo 24 del Acuerdo Marco.


Con esta medida se reforzará la seguridad jurídica, se optimizará la gestión administrativa y se incrementará la satisfacción de la plantilla, dando además cumplimiento a diversas resoluciones judiciales que respaldan esta actuación.

Por último deciros que disponemos de un modelo para solicitar el pago con carácter retroactivo de las cantidades que legalmente se puedan reclamar.

Os seguiremos informando.

MANIFESTACIÓN 8 DE MARZO ALBACETE 2026

OFERTA COBERTURA TRES PUESTOS VACANTES DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

OFERTA COBERTURA PUESTO VACANTE SARGENTO SEPEI

8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

8 de marzo DIA DE LA MUJER TRABAJADORA

Renovación expositor biblioteca auxiliar

En esta ocasión os traemos una selección variada de libros editados por el Instituto de Estudios Albacetenses. Esperamos que lo encontréis interesante.

PRÓXIMA APERTURA PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS MECÁNICO/A CONDUCTOR/A BOMBERO/A.

El Sindicato Contigo Sí, mayoritario en la Diputación informa:

Hoy se han publicado en el BOE las bases que han de regir la convocatoria para proveer: Treinta y siete plazas de Mecánico/a Conductor/a Bombero/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Servicio de extinción de incendios, por el sistema de oposición, en turno libre.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que mañana se abre el plazo de presentación de instancias para los interesados.

OFERTA PARA PERSONAL DE DIPUTACIÓN

PROPUESTA DE PROTOCOLO DE DESCONTAMINACIÓN DE EQUIPOS DE INTERVENCIÓN.


El sindicato Contigo Sí, en representación de los trabajadores y trabajadoras del S.E.P.E.I. de la Diputación Provincial de Albacete, EXPONE:

Que el personal operativo del Servicio Especial de Prevención y Extinción de Incendios está expuesto durante las intervenciones a productos derivados de la combustión que incluyen partículas en suspensión, hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), compuestos orgánicos volátiles, metales pesados y otras sustancias clasificadas como peligrosas o potencialmente cancerígenas.

Que la normativa vigente en materia de prevención establece el derecho a una protección eficaz y la obligación de adoptar medidas preventivas adecuadas:

  1. El artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud.
  2. El artículo 15 establece los principios de la acción preventiva, incluyendo la eliminación del riesgo en su origen y la prioridad de la protección colectiva.
  3. El artículo 17 impone la obligación de proporcionar equipos de protección individual adecuados y garantizar su correcto mantenimiento.
  4. El Real Decreto 773/1997 establece la obligación de asegurar la correcta limpieza, mantenimiento y almacenamiento de los EPI.
  5. El Real Decreto 665/1997 obliga a reducir al mínimo la exposición a agentes cancerígenos y a adoptar medidas específicas de higiene cuando exista riesgo.

Que, desde el punto de vista técnico, los trajes estructurales utilizados por el personal del S.E.P.E.I. están regulados por la norma europea UNE-EN 469 (Ropa de protección para bomberos – Requisitos de prestaciones para la ropa de protección en la lucha contra incendios), la cual establece requisitos de rendimiento y conservación que solo pueden garantizarse mediante procedimientos adecuados de limpieza, mantenimiento e inspección conforme a las instrucciones del fabricante.

Que igualmente resultan de aplicación las exigencias del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, que impone que los EPI mantengan durante su vida útil las condiciones que motivaron su certificación.

Que la evolución de la evidencia científica y las buenas prácticas implantadas en otros servicios de bomberos en España aconsejan reforzar los procedimientos de descontaminación en las distintas fases: intervención, transporte y estancia en parque, con especial atención al lavado técnico especializado de los trajes estructurales y a la separación de zonas limpias y contaminadas.

Que desde Contigo Sí entendemos que la mejora continua en prevención es un objetivo compartido por la Administración y la Jefatura del Servicio, y que la protección de la salud del personal operativo debe ser una prioridad estratégica del S.E.P.E.I.

Por todo ello, este sindicato SOLICITA:

  1. Que se elabore del Protocolo Técnico de Descontaminación, que contemple:
    • Descontaminación básica en el lugar de la intervención.
    • Embolsado y transporte seguro de equipos contaminados.
    • Lavado técnico conforme a especificaciones del fabricante.
    • Registro y trazabilidad de limpiezas.
    • Separación física de zonas limpias y contaminadas en los parques.
  2. La evaluación específica del riesgo por exposición a contaminantes derivados de incendios conforme al Real Decreto 665/1997.
  3. El estudio de la viabilidad técnica y presupuestaria para la dotación de una segunda equipación completa por bombero/a que permita la adecuada rotación durante los procesos de descontaminación.

La finalidad de esta propuesta es avanzar en el refuerzo de la protección de la salud del personal del S.E.P.E.I.

Contigo Sí manifiesta su plena disposición a colaborar técnicamente en la redacción del protocolo y solicita que este asunto sea incluido en el orden del día del próximo Comité de Seguridad y Salud.

Albacete a 23 de febrero de 2026

Att. del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma Diputación de Albacete, al Diputado del Servicio del S.E.P.E.I. y al Comité de Seguridad y Salud.