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8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

PRÓXIMA APERTURA PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS MECÁNICO/A CONDUCTOR/A BOMBERO/A.

El Sindicato Contigo Sí, mayoritario en la Diputación informa:

Hoy se han publicado en el BOE las bases que han de regir la convocatoria para proveer: Treinta y siete plazas de Mecánico/a Conductor/a Bombero/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Servicio de extinción de incendios, por el sistema de oposición, en turno libre.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que mañana se abre el plazo de presentación de instancias para los interesados.

PROPUESTA DE PROTOCOLO DE DESCONTAMINACIÓN DE EQUIPOS DE INTERVENCIÓN.


El sindicato Contigo Sí, en representación de los trabajadores y trabajadoras del S.E.P.E.I. de la Diputación Provincial de Albacete, EXPONE:

Que el personal operativo del Servicio Especial de Prevención y Extinción de Incendios está expuesto durante las intervenciones a productos derivados de la combustión que incluyen partículas en suspensión, hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), compuestos orgánicos volátiles, metales pesados y otras sustancias clasificadas como peligrosas o potencialmente cancerígenas.

Que la normativa vigente en materia de prevención establece el derecho a una protección eficaz y la obligación de adoptar medidas preventivas adecuadas:

  1. El artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud.
  2. El artículo 15 establece los principios de la acción preventiva, incluyendo la eliminación del riesgo en su origen y la prioridad de la protección colectiva.
  3. El artículo 17 impone la obligación de proporcionar equipos de protección individual adecuados y garantizar su correcto mantenimiento.
  4. El Real Decreto 773/1997 establece la obligación de asegurar la correcta limpieza, mantenimiento y almacenamiento de los EPI.
  5. El Real Decreto 665/1997 obliga a reducir al mínimo la exposición a agentes cancerígenos y a adoptar medidas específicas de higiene cuando exista riesgo.

Que, desde el punto de vista técnico, los trajes estructurales utilizados por el personal del S.E.P.E.I. están regulados por la norma europea UNE-EN 469 (Ropa de protección para bomberos – Requisitos de prestaciones para la ropa de protección en la lucha contra incendios), la cual establece requisitos de rendimiento y conservación que solo pueden garantizarse mediante procedimientos adecuados de limpieza, mantenimiento e inspección conforme a las instrucciones del fabricante.

Que igualmente resultan de aplicación las exigencias del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, que impone que los EPI mantengan durante su vida útil las condiciones que motivaron su certificación.

Que la evolución de la evidencia científica y las buenas prácticas implantadas en otros servicios de bomberos en España aconsejan reforzar los procedimientos de descontaminación en las distintas fases: intervención, transporte y estancia en parque, con especial atención al lavado técnico especializado de los trajes estructurales y a la separación de zonas limpias y contaminadas.

Que desde Contigo Sí entendemos que la mejora continua en prevención es un objetivo compartido por la Administración y la Jefatura del Servicio, y que la protección de la salud del personal operativo debe ser una prioridad estratégica del S.E.P.E.I.

Por todo ello, este sindicato SOLICITA:

  1. Que se elabore del Protocolo Técnico de Descontaminación, que contemple:
    • Descontaminación básica en el lugar de la intervención.
    • Embolsado y transporte seguro de equipos contaminados.
    • Lavado técnico conforme a especificaciones del fabricante.
    • Registro y trazabilidad de limpiezas.
    • Separación física de zonas limpias y contaminadas en los parques.
  2. La evaluación específica del riesgo por exposición a contaminantes derivados de incendios conforme al Real Decreto 665/1997.
  3. El estudio de la viabilidad técnica y presupuestaria para la dotación de una segunda equipación completa por bombero/a que permita la adecuada rotación durante los procesos de descontaminación.

La finalidad de esta propuesta es avanzar en el refuerzo de la protección de la salud del personal del S.E.P.E.I.

Contigo Sí manifiesta su plena disposición a colaborar técnicamente en la redacción del protocolo y solicita que este asunto sea incluido en el orden del día del próximo Comité de Seguridad y Salud.

Albacete a 23 de febrero de 2026

Att. del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma Diputación de Albacete, al Diputado del Servicio del S.E.P.E.I. y al Comité de Seguridad y Salud.

Solicitud inclusión de las «incidencias» en el Complemento Específico

A LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN

El Sindicato Contigo Si quiere, una vez más, trasladar el malestar existente entre el personal afectado por las anomalías en el abono de las incidencias que se viene produciendo de manera reiterada. Tras analizar la situación, exponemos lo siguiente:

1. Inclusión de las mal denominadas incidencias (noches, domingos, festivos, etc) en la nómina definitiva del mes.

Las incidencias que se abonan de manera separada constituyen conceptos recurrentes, previsibles y directamente vinculados a la jornada laboral efectiva. Por tanto, entendemos que deben integrarse en la nómina definitiva mensual, evitando así pagos fragmentados y retrasos innecesarios.

2. Perjuicio administrativo para el propio servicio de nóminas

La elaboración de una nómina adicional para abonar estas incidencias supone una carga administrativa duplicada, generando Solicitud inclusión incidencias en complemento específico un trabajo extra que podría evitarse si dichos conceptos se incluyeran en la nómina ordinaria. Esta duplicidad no solo ralentiza el proceso, sino que incrementa la probabilidad de errores y demoras.

3. Descontento generalizado entre los trabajadores

El cobro tardío de las incidencias provoca un perjuicio económico para los trabajadores, ya que no disponen de ese dinero en el momento en que debería haberse abonado. Esta situación genera malestar, incertidumbre y una sensación de pérdida al no contar con esos ingresos de forma automática y puntual.

Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos:

La inclusión de las “mal denominadas incidencias” en el Complemento Específico, con el fin de evitar que esta situación vuelva a repetirse, garantizando así su abono regular, estable y sujeto así a las subidas previstas del IPC, sin necesidad de generar nóminas adicionales. Esta medida aportaría seguridad, eficiencia administrativa y satisfacción para la plantilla y se cumpliría así con varias sentencias que lo avalan.

En Albacete, a 17 de febrero de 2026

Solicitud de aportaciones al Plan de Pensiones

Hoy hemos presentado una instancia para solicitar que se retomen las aportaciones al Plan de Pensiones que lleva sin ellas desde más de 15 años. El artículo 44 del Convenio Colectivo y el artículo 35 del Acuerdo Marco de aplicación en esta Diputación Provincial regulan expresamente el Plan de Pensiones y las aportaciones correspondientes, estableciendo una obligación clara y vigente para la Administración. Pese a la plena vigencia de dichos preceptos, no se ha procedido a su desarrollo ni aplicación efectiva, lo que supone una demora injustificada en el cumplimiento de la normativa pactada.

Te escuchamos y actuamos para avanzar contigo.

SOLICITUD URGENTE CALDERA PARQUE DE BOMBEROS DE LA RODA.

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD, DIPUTADO DEL SEPEI Y JEFE DE SERVICIO DEL SEPEI

El Sindicato Contigo Sí,

Expone:

-Que ha tenido conocimiento a través de distintos trabajadores del Parque de bomberos de La Roda, de que la caldera de calefacción del citado parque se encuentra averiada desde hace ya casi diez días, permaneciendo fuera de servicio hasta la fecha lo que ha derivado también en que no se pueda contar tampoco con agua caliente.

-Como consecuencia de dicha avería, además del frio, el personal tampoco hacer uso de las duchas ni realizar los procesos de descontaminación necesarios tras las intervenciones, lo que supone un riesgo grave para la seguridad y la salud laboral, además de incumplir las condiciones mínimas exigibles en un centro de trabajo de estas características.

-Esta situación resulta especialmente preocupante dada la naturaleza del servicio que se presta, en el que la exposición a agentes contaminantes es habitual y la correcta higiene y descontaminación es una medida preventiva esencial. Por todo lo expuesto, 

Solicita:

Que con carácter de urgencia se proceda a la sustitución de la caldera, o a la adopción inmediata de las medidas necesarias para restablecer el servicio, garantizando así unas condiciones de trabajo seguras y adecuadas para el personal del Parque de Bomberos de La Roda.

¡¡FELIZ AÑO NUEVO!!

Manual práctico de cómo un concursillo puede convertirse en un espectáculo

Del 19 al 25 de noviembre se convocó un concursillo para la cobertura, en comisión de servicios, de dos puestos de limpiador/a: uno en el Conservatorio y otro en el Centro Isaac Peral.
Todo correcto, todo reglado, todo muy transparente… al menos hasta que dejó de serlo.

El 28 de noviembre se publicó en el Tablón de Anuncios del Portal del Empleado y al que todos tenemos acceso, la lista provisional, esa en la que todo parece estar claro, ordenado y perfectamente puntuado, y que se adjunta a este escrito para que cada cual saque sus propias conclusiones.

📎 Imagen adjunta: listado provisional del concursillo:

El día 5 de diciembre, curiosamente el último día del plazo para presentar reclamaciones, aparecen varios decretos, dos de ellos casi gemelos en espíritu pero no en lógica:

  • En uno se nombra en comisión de servicios para el puesto de limpiadora en el Centro Isaac Peral, a la persona situada en el n.º 1 de la lista (liberada sindical de UGT) con n.º de decreto 6131.
  • En otro, se nombra a la persona situada en la lista con el n.º 3, en comisión de servicios y para el mismo puesto que a la nº 1, nºde decreto 6128.
  • Ese mismo día, a pesar de que la nº 2 solicitaba en primer lugar el puesto del Centro de Isaac Peral, la nombran en comisión de servicio para el puesto de limpiadora en el Conservatorio, n.º de decreto 6129.

Aquí es donde el procedimiento administrativo decide innovar y convertirse en obra de teatro: Se hace el decreto de la n.º 3, cinco días antes de que la titular liberada sindical renuncie. Increible pero cierto.

El día 10 de diciembre la persona inicialmente nombrada (n.º1 y liberada sindical de UGT) renuncia al puesto. Conviene recordar que la propia convocatoria establece claramente que, “en caso de renuncia o imposibilidad de incorporación, el puesto debe ofrecerse al siguiente de la lista”, sin interpretaciones creativas ni atajos administrativos. se debe ofrecer el puesto a la siguiente persona, la nº2 de la lista. Pero no…

Parece que aquí el orden no siempre es el orden, los números no siempre son correlativos y las normas son… orientativas.

Así que, a modo de conclusión:

– La nº1 de la lista, liberada sindical sigue donde estaba,

– A la n.º 3, cinco dias antes de la renuncia de la primera, se le adjudica el puesto de Limpiadora de Isaac Peral, saltando por encima de la n.º 2.

Juzguen ustedes mismos, solo queda felicitar al servicio de RRHH y al Diputado de Personal, por su capacidad de adaptación: a partir de ahora, no bastará con méritos, puntuación o posición en la lista. Será igualmente importante cómo, cuándo y ante quién se gestionen las decisiones en el servicio correspondiente.

La lista estaba clara. El procedimiento también. El resultado… bueno, el resultado ya lo conocemos, pura magia.

FELIZ NAVIDAD

JORNADA LABORAL 2026