ANUNCIO OFERTA COBERTURA PUESTO VACANTE DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI DE ALMANSA

ANUNCIO COBERTURA PUESTO VACANTE  DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI

Información relativa a la nómina definitiva de Julio de 2025

CONVOCATORIA PROCEDIMIENTO COBERTURA PUESTO «SUPERVISOR/A ENFERMERÍA SVP» PERSONAL LABORAL

Renovación del expositor de la Biblioteca Auxiliar

En esta ocasión dedicamos este espacio a los libros que hemos encontrado en la biblioteca del archivo relacionados con la comarca de Sierra de Alcaraz.

Se trata de una selección, obviamente no están todos. Si tenéis interés particular por algún pueblo, no tenéis más que escribirnos a esta dirección: archivodiputacion@dipualba.es

Resumen Mesa General Bases Conservatorio

Hoy 25 de julio se ha celebrado la Mesa General de Negociación Extraordinaria para tratar los siguientes temas:

1.- Propuesta de creación de plazas de Profesor de Música.

Se ha propuesto crear 3 plazas de Profesor de Música y Artes Escénicas necesarias según el informe del Director del Centro, para los puestos creados en la anterior mesa de las especialidades de Trompeta, Violín y Saxofón. Estas plazas se ampliarán a la oferta que ya se publicó.

Se ha aprobado por unanimidad.

2.- Bases de convocatoria plazas de Profesor de Música y Artes Escénicas y Profesor de Lengua Extranjera Alemán (Tiempo Parcial).

Este punto se ha tratado con anterioridad en varias mesas de trabajo, donde hubo una propuesta inicial de temario por parte del Equipo Directivo del Centro a la cual los representantes de CCOO votaron en contra por considerar insuficiente el temario. En una segunda reunión, intentando llegar al consenso se solicitó nuevamente al Director que ampliase temas de legislación. También les pareció insuficiente a la misma sección sindical forzando a una tercera reunión en la que se ampliaron además, 20 temas de Historia de la Música, a aún así, se han vuelto a abstener en la mesa de hoy por parecerles insuficiente.

Los representantes de Contigo Sí hemos manifestado que este temario es más amplio que el último que se aprobó por unanimidad para las oposiciones 2015 y además, no se puede comparar con otras categorías del mismo grupo dado que existe un segundo ejercicio que consta de dos pruebas, 1 técnico-musical de al menos 4 obras para interpretar y otra prueba didáctica, las cuales requieren una preparación especifica y adicional al temario del primer ejercicio.

Desde Contigo Sí nos hemos abstenido, debido a la premura de aprobar unas bases para que se puedan publicar e interrumpir así el cese de aquellos interinos que superen los 3 años y que dichos puestos no se podrían cubrir con el consiguiente perjuicio para los alumnos del próximo curso.

Al final se han aprobado con el voto a favor de PSOE, VOX y la abtención del PP. Respecto a la parte sindical, el voto a favor del SPPLB y las abstenciones de CCOO por considerar el temario insuficiente y de UGT y de Contigo Sí, por considerarlo excesivo.

Albacete a 25 de julio de 2025

RESÚMEN MGN 25-07-2025

El día 25 de Julio se celebró una Mesa General de Negociación donde se aprobaron por unanimidad la creación de 3 plazas de profesor de música y también se llevó a esa Mesa la aprobación de las bases que han de regir los procedimientos a seguir para la cobertura de plazas de distintas especialidades del profesorado del Conservatorio, grupo A1.

Respecto a este último punto tenemos que aclarar lo siguiente:

* Teniendo en cuenta que se trata de un concurso-oposición libre ( es decir NO es ni consolidación de empleo temporal como se hizo en 2015, y NO es estabilización de empleo como se ha hecho en 2024) no se puede desarrollar con los mismos requisitos que este procedimiento. Se han mantenido una serie de reuniones de trabajo previas en las que se nos han presentado  distintos  borradores:

* En la primera propuesta que se hizo por parte de la dirección del Conservatorio y RRHH. Se proponía un temario cuyo apartado de temas específicos sólo comprendía 69 páginas de varias órdenes y decretos de las que se obtenían los 72 temas necesarios, ninguno de los cuales era de contenido técnico sobre música. Cuando en otros procesos de Concurso-Oposición Libre para plazas de A1 hay miles de páginas de temario especifico y con contenido técnico. A lo que CCOO votamos en contra.

* Posteriormente nos presentan otra propuesta algo mas ampliada en la que tampoco contenía temas específicos de música y también votamos en contra.

* En una tercera propuesta, que ya contenía temas de música  (concretamente de historia de la música occidental), aunque estaba más ampliado, consideramos que también era insuficiente. Hemos decidido abstenernos, en aras a no perjudicar al personal que puede saltar en septiembre, si no se publica ya la convocatoria.

Al final esta propuesta ha salido adelante con la abstención de UGT, Contigo Si, y CCOO. El CSIF no asistió a la Mesa de Negociación y el SPPLB ha votado a favor. Con respecto a estas votaciones hemos de decir que tanto UGT como el Contigo Si se han abstenido, al contrario que CCOO, porque han considerado que este temario era muy extenso. 

Y nos preguntamos, ¿en las próximas convocatorias el temario va a ser tan laxo como este que nos han presentado para el Conservatorio o en los siguientes procesos los temas son mucho más duros existiendo un agravio con respecto a otros procedimientos?

¿Cual va a ser la posición del resto de Sindicatos respecto al resto de procedimientos? ¿serán tan reivindicativos para que el resto de procedimientos sea también con poco temario? 

Seguiremos informando.

ABONO Y RECLAMACIÓN DE HORAS NOCTURNAS, SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

Desde Contigo Sí, sindicato mayoritario en esta Diputación, respecto a la inclusión de las retribuciones por horas nocturnas, sábados, domingos y festivos en periodos de permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos, así como la reclamación retroactiva de dichos conceptos queremos

INFORMAR

Que, por parte de la Diputación de Albacete se viene detrayendo de la nomina de su personal las horas nocturnas, sábados, domingos y festivos en caso de que dichos conceptos coincidan con periodos de incapacidad temporal, asuntos propios y demás permisos retribuidos, alegando los preceptos establecidos en los artículos 28 y 29 del Acuerdo Marco y artículos 25 y 26 del Convenio Colectivo, en los que se establece que la nocturnidad y jornadas en sábado, domingos y festivos se vinculan a la prestación de servicios y por tanto, no pueden devengarse si no se produce la prestación de servicios en dichos días.

En este punto debemos recordar la doctrina sentada por el Tribunal Supremo establecida en las siguientes sentencias entre otras:

  • STS 3091/2020, de 1 de octubre de 2020 (rec. casación 7908/2018), respecto al permiso de lactancia.
  • STS 4440/2024, de 18 de septiembre 2024 (rec. 216/2023) que señala que, cuando el funcionario trabaja en régimen de turnos, se ha de percibir las retribuciones que correspondan por prestar servicios de noche y en festivos en periodo de vacaciones anuales, incapacidad temporal, permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos.
  • STS 2447/2024, de 9 de mayo de 2024 (rec. 830/2022), que señala “lo determinante no es en que casilla del esquema retributivo debe encuadrarse la remuneración por nocturnidad y por trabajo en domingo y festivos, sino que efectivamente se incluya en el cálculo de la retribución del periodo de vacaciones a fin de que el funcionario no se vea perjudicado”.
  • STS 3103/2025 de 30 de junio de 2025 (rec. 9055/2022), que vuelve a reiterar la percepción de los complementos de festividad y nocturnidad durante los periodos de vacaciones, incapacidad temporal, permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos, así como el abono de los atrasos correspondientes.

A más abundamiento, la reciente STSJ de Castilla-La Mancha N.º 195 de 25 de junio de 2025, recaída contra la Excma. Diputación de Albacete, reconoce el derecho al abono de las retribuciones correspondientes por horas nocturnas y festivos durante el periodo de lactancia.

Además, dicha sentencia en sus fundamentos de derecho y a juicio de la sala, todo ello acorde con la jurisprudencia del Tribunal Supremo ya vista anteriormente, deja claro que dichos conceptos deben retribuirse en los periodos de vacaciones anuales, incapacidad temporal, permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos (enfermedad, fallecimiento, matrimonio, paternidad, nacimiento, estudios y exámenes, etc.).

Visto lo anterior y consultado con nuestros Servicios Jurídicos hemos solicitado a la Diputación de Albacete que dichos conceptos retributivos deben incluirse en el caso de que coincidan en los periodos de vacaciones anuales, incapacidad temporal, permisos por asuntos propios y demás permisos retribuidos, así como también se pueden reclamar los no percibidos en dichos casos con efecto retroactivo hasta cuatro años.

Todos aquellos interesados que quieran informarse pueden ponerse en contacto con nuestros delegados sindicales.

OFERTA DE UN PUESTO DE CABO JEFE DE TURNO EN EL SEPEI POR SUSTITUCIÓN

RELACIÓN PROVISIONAL «LISTA DE ESPERA CONCURSILLO UME. PERSONAL LABORAL»