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MANIFESTACIÓN 8 DE MARZO ALBACETE 2026

8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

8 de marzo DIA DE LA MUJER TRABAJADORA

PRÓXIMA APERTURA PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS MECÁNICO/A CONDUCTOR/A BOMBERO/A.

El Sindicato Contigo Sí, mayoritario en la Diputación informa:

Hoy se han publicado en el BOE las bases que han de regir la convocatoria para proveer: Treinta y siete plazas de Mecánico/a Conductor/a Bombero/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Servicio de extinción de incendios, por el sistema de oposición, en turno libre.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que mañana se abre el plazo de presentación de instancias para los interesados.

OFERTA PARA PERSONAL DE DIPUTACIÓN

PROPUESTA DE PROTOCOLO DE DESCONTAMINACIÓN DE EQUIPOS DE INTERVENCIÓN.


El sindicato Contigo Sí, en representación de los trabajadores y trabajadoras del S.E.P.E.I. de la Diputación Provincial de Albacete, EXPONE:

Que el personal operativo del Servicio Especial de Prevención y Extinción de Incendios está expuesto durante las intervenciones a productos derivados de la combustión que incluyen partículas en suspensión, hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), compuestos orgánicos volátiles, metales pesados y otras sustancias clasificadas como peligrosas o potencialmente cancerígenas.

Que la normativa vigente en materia de prevención establece el derecho a una protección eficaz y la obligación de adoptar medidas preventivas adecuadas:

  1. El artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud.
  2. El artículo 15 establece los principios de la acción preventiva, incluyendo la eliminación del riesgo en su origen y la prioridad de la protección colectiva.
  3. El artículo 17 impone la obligación de proporcionar equipos de protección individual adecuados y garantizar su correcto mantenimiento.
  4. El Real Decreto 773/1997 establece la obligación de asegurar la correcta limpieza, mantenimiento y almacenamiento de los EPI.
  5. El Real Decreto 665/1997 obliga a reducir al mínimo la exposición a agentes cancerígenos y a adoptar medidas específicas de higiene cuando exista riesgo.

Que, desde el punto de vista técnico, los trajes estructurales utilizados por el personal del S.E.P.E.I. están regulados por la norma europea UNE-EN 469 (Ropa de protección para bomberos – Requisitos de prestaciones para la ropa de protección en la lucha contra incendios), la cual establece requisitos de rendimiento y conservación que solo pueden garantizarse mediante procedimientos adecuados de limpieza, mantenimiento e inspección conforme a las instrucciones del fabricante.

Que igualmente resultan de aplicación las exigencias del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, que impone que los EPI mantengan durante su vida útil las condiciones que motivaron su certificación.

Que la evolución de la evidencia científica y las buenas prácticas implantadas en otros servicios de bomberos en España aconsejan reforzar los procedimientos de descontaminación en las distintas fases: intervención, transporte y estancia en parque, con especial atención al lavado técnico especializado de los trajes estructurales y a la separación de zonas limpias y contaminadas.

Que desde Contigo Sí entendemos que la mejora continua en prevención es un objetivo compartido por la Administración y la Jefatura del Servicio, y que la protección de la salud del personal operativo debe ser una prioridad estratégica del S.E.P.E.I.

Por todo ello, este sindicato SOLICITA:

  1. Que se elabore del Protocolo Técnico de Descontaminación, que contemple:
    • Descontaminación básica en el lugar de la intervención.
    • Embolsado y transporte seguro de equipos contaminados.
    • Lavado técnico conforme a especificaciones del fabricante.
    • Registro y trazabilidad de limpiezas.
    • Separación física de zonas limpias y contaminadas en los parques.
  2. La evaluación específica del riesgo por exposición a contaminantes derivados de incendios conforme al Real Decreto 665/1997.
  3. El estudio de la viabilidad técnica y presupuestaria para la dotación de una segunda equipación completa por bombero/a que permita la adecuada rotación durante los procesos de descontaminación.

La finalidad de esta propuesta es avanzar en el refuerzo de la protección de la salud del personal del S.E.P.E.I.

Contigo Sí manifiesta su plena disposición a colaborar técnicamente en la redacción del protocolo y solicita que este asunto sea incluido en el orden del día del próximo Comité de Seguridad y Salud.

Albacete a 23 de febrero de 2026

Att. del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma Diputación de Albacete, al Diputado del Servicio del S.E.P.E.I. y al Comité de Seguridad y Salud.

Solicitud inclusión de las «incidencias» en el Complemento Específico

A LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN

El Sindicato Contigo Si quiere, una vez más, trasladar el malestar existente entre el personal afectado por las anomalías en el abono de las incidencias que se viene produciendo de manera reiterada. Tras analizar la situación, exponemos lo siguiente:

1. Inclusión de las mal denominadas incidencias (noches, domingos, festivos, etc) en la nómina definitiva del mes.

Las incidencias que se abonan de manera separada constituyen conceptos recurrentes, previsibles y directamente vinculados a la jornada laboral efectiva. Por tanto, entendemos que deben integrarse en la nómina definitiva mensual, evitando así pagos fragmentados y retrasos innecesarios.

2. Perjuicio administrativo para el propio servicio de nóminas

La elaboración de una nómina adicional para abonar estas incidencias supone una carga administrativa duplicada, generando Solicitud inclusión incidencias en complemento específico un trabajo extra que podría evitarse si dichos conceptos se incluyeran en la nómina ordinaria. Esta duplicidad no solo ralentiza el proceso, sino que incrementa la probabilidad de errores y demoras.

3. Descontento generalizado entre los trabajadores

El cobro tardío de las incidencias provoca un perjuicio económico para los trabajadores, ya que no disponen de ese dinero en el momento en que debería haberse abonado. Esta situación genera malestar, incertidumbre y una sensación de pérdida al no contar con esos ingresos de forma automática y puntual.

Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos:

La inclusión de las “mal denominadas incidencias” en el Complemento Específico, con el fin de evitar que esta situación vuelva a repetirse, garantizando así su abono regular, estable y sujeto así a las subidas previstas del IPC, sin necesidad de generar nóminas adicionales. Esta medida aportaría seguridad, eficiencia administrativa y satisfacción para la plantilla y se cumpliría así con varias sentencias que lo avalan.

En Albacete, a 17 de febrero de 2026

SOLICITAMOS CREACIÓN PLAZAS AUX. PSIQUIÁTRICO EN LA UME

Os informamos que hemos presentado a registro el siguiente documento, solicitando la creación de 3 nuevas plazas de Auxiliar Psiquiátrico en la UME :

PETICIÓN CONJUNTA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO/ACUERDO MARCO

Os informamos que hoy hemos presentado una propuesta de modificación de diversos artículos del Convenio Colectivo y Acuerdo Marco, en base a los siguiente aspectos:


Primero.- Que desde el equipo de Gobierno se lleva a MGN la modificación de parte del contenido de varios artículos del convenio/AM para su aprobación y su implantación lo más rápidamente posible, para beneficio de las personas trabajadoras afectadas por los mismos.


Segundo.- Que no es necesario la denuncia del Convenio y Acuerdo Marco para que se mejoren esos aspectos recogidos en su articulado correspondiente.


Tercero.-Que hay aspectos de dicho Convenio y del Acuerdo Marco, que por el paso de los años, la inflación, la evolución social y los avances tecnológicos han quedado claramente obsoletos –especialmente los relativos a aspectos económicos y que llevamos mucho tiempo reclamando su actualización y que en muchos casos, se mantienen en las mismas cuantías desde el año 2002.- , por lo que hemos pedido actualizar los artículos relativos a horas extras, jornadas en sábados, domingos, festivos y otros; prestaciones de pago único y el de ayudas para estudios.
Igualmente, porque en los últimos años se han producido bastantes e importantes cambios legislativos y jurídicos y técnicos, que mejoran mucho las condiciones laborales y de conciliación de las personas trabajadoras, pedimos las modificaciones en los artículos relativos a las bolsas de trabajo, jornada laboral, vacaciones y permisos o licencias, incluyendo los nuevos permisos por conciliación que recoge el artículo 49 del TREBEP.


Cuarto.- Que la modificación de artículos, una vez firmado un Convenio y Acuerdo Marco, es una práctica habitual en varias administraciones, principalmente locales, por lo que aún siendo la primera vez que hacemos una petición así, no es algo anormal ni extemporáneo, sino algo que mejoraría los condiciones y situaciones personales y laborales de la plantilla de esta Administración, que es algo a lo que los sindicatos nos hemos comprometido con nuestros compañeros y compañeras.


Quinto.- Que con estos cambios, agilizaremos su actualización, sin que suponga ninguna pérdida económica más, ni un esfuerzo mayor e innecesario para todas las partes, tanto en recursos como en tiempo, también para RRHH que está en pleno proceso de implementación de la oferta de empleo público de 2025.


Por último, que hemos solicitado igualmente que la práctica de modificar lo que se pueda mejorar y actualizar en el Convenio Colectivo y Acuerdo Marco se instaure en Diputación , ya sea a propuesta de la parte sindical o del equipo de gobierno correspondiente, con el fin de adaptarlos a los cambios que se vayan produciendo