Informe concursillo desierto “Jefatura Servicio Educación y Cultura”.

COMPLEMENTO MATERNIDAD PARA PADRES PENSIONISTAS

Por su interés, y aún no afectándonos directamente como empleados en activo, os informamos de la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre los efectos del reconocimiento del anterior complemento de maternidad, y así poder compartir con los interesados que podría serles de aplicación:

El artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015, en su redacción original, reconoció desde el 1 de enero de 2016 un complemento por maternidad que tan sólo afectaba a las mujeres que hubieran tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y hubieran generado el derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad en cualquier régimen de Seguridad Social. Este complemento fue sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género, que se reconoce únicamente a las pensiones causadas a partir del 4 de febrero de 2021.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 declaró que el Derecho de la Unión SE OPONE a una norma que reconoce el derecho al complemento a las mujeres mientras que lo niega a los hombres que se encuentren en idéntica situación y constituye una «discriminación directa por razón de sexo» que prohíbe la norma comunitaria

La Seguridad Social consideró que el derecho al complemento de los hombres que cumplieran esos requisitos debía reconocerse únicamente con efectos a partir de la publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (17-2-2020).

El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, celebrado en fecha 18 de mayo de 2022, ha resuelto que cuando los hombres tengan derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social, dicho complemento producirá efectos DESDE LA FECHA DEL HECHO CAUSANTE de la pensión.

Por tanto, cualquier padre que accedió a su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación forzosa anticipada, viudedad o incapacidad permanente entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 podría obtener el complemento de maternidad con efectos desde el momento en que accedió a su pensión.

En definitiva, si algún padre tiene reconocida una pensión contributiva referida y no tiene todavía reconocido el anterior complemento de maternidad, puede solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social que se declare su derecho a percibirlo, y desde la fecha en que accedió a la condición de pensionista.

Recordamos que el complemento existente consistía en un importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado, que estaba en función del número de hijos según la siguiente escala:

En el caso de 2 hijos: 5 por ciento.

En el caso de 3 hijos: 10 por ciento.

En el caso de 4 o más hijos: 15 por ciento.

Si quieres estar informado, esta es tu Sección Sindical, UGT Diputación

CONSIDERACIONES CCOO ESTABILIZACIÓN

CONSIDERACIONES DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CC.OO. SOBRE EL PROCESO NEGOCIADOR PARA LA ELABORACIÓN DE UNAS BASES QUE RIJAN LOS PROCEDIMIENTOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO.

Respecto al proceso de consolidación de personal interino mediante concurso, como sabéis, existe un proceso de negociación entre las secciones sindicales y la Diputación. Nos han pedido que presentemos sendas propuestas de bases en las que se establezcan los baremos y condiciones generales para el desarrollo del procedimiento de concurso. A pesar de que, en nuestra opinión, debe ser la Diputación quien haga una propuesta inicial y después mediante la negociación, los sindicatos vayamos proponiendo alternativas, algunas secciones sindicales ya han presentado las suyas. En la sección sindical de CCOO, tras examinar concienzudamente múltiples propuestas de bases, algunas ya aprobadas, de otras administraciones, las Recomendaciones de la Secretaría de Estado de la Función Pública, haber realizado varias consultas con los servicios jurídicos del sindicato, etc. .. y tras una serie de reuniones de trabajo, hemos elaborado nuestro propio texto que hemos presentado a la Corporación.

Pero consideramos necesario explicar, tanto a las personas trabajadoras afiliadas a nuestro sindicato como a las que no lo estén, cuales han sido los principios que, desde que comenzó todo este proceso, han inspirado todo nuestro trabajo

* Queremos minimizar en lo posible que tras la resolución de este procedimiento nuestros compañeros y compañeras afectadas, continúen bajo la amenaza constante de la inseguridad en sus puestos de trabajo debido a la litigiosidad que, con toda probabilidad, se generará. Para lo cual consideramos que, sin olvidar las facilidades que este procedimiento especial y único ofrece para ellos y ellas, las bases han de desarrollarse dentro de unos cauces que no desborden de forma escandalosa lo judicialmente aceptable. 

* Queremos que las bases resulten favorables para cuantos más compañeros y compañeras afectados por estos procesos sea posible, pues somos conscientes de la cantidad y variedad de circunstancias y factores a tener en consideración, respecto a los méritos a valorar en el procedimiento (ej. Cualquier sobreponderación de la antigüedad, debería ir también acompañada de la ponderación proporcional en la de los candidatos y candidatas de otras administraciones para tratar de minimizar el riesgo de que los tribunales de justicia las interpreten como discriminatorias y podría perjudicar a aquellos trabajadores y trabajadoras con menos antigüedad).

* En todo momento nos ha guiado la intención de actuar con honestidad y sin dejarnos llevar por situaciones concretas que pudieran afectarnos en mayor o menor medida, pero cuya consideración podría condicionar determinantemente los resultados del procedimiento.

* En nuestra Sección Sindical no estamos por la labor de hacer promesas imposibles a las personas trabajadoras para captar afiliaciones y/o votos. La tarea sindical debe ser dedicar nuestros esfuerzos por y para el bien de cuantas más personas trabajadoras mejor, dentro de la legalidad para generar seguridad jurídica, y con toda la honestidad y sentido de la justicia social de que somos capaces.

Seguiremos informando. 

INFORMACIÓN REUNIONES ESTABILIZACIÓN

Esta Sección Sindical tiene a bien comunicar lo siguiente:

Como todos sabéis, después de llegar a un acuerdo total por la Oferta de Empleo Público, y siguiendo con las directrices que se establecen en la Ley de Estabilización del Empleo Público, estamos inmersos en la actualidad, en la negociación de las bases generales para el concurso y para el concurso oposición.

Hemos ya realizado varias reuniones e incluso, esta Sección Sindical de UGT ha sido la única que ha elaborado un borrador de bases para iniciar su estudio y negociación, propuesta que no deja de ser eso, una propuesta, abierta a cambios, modificaciones e interpretaciones. Incluso disponemos de varias bases de convocatoria de otras administraciones públicas perfectamente asumibles por esta institución.

Teniendo en cuenta que tenemos por delante muchas mas reuniones para llegar a un acuerdo (el más productivo posible, el más beneficioso posible, el que más garantice la fijeza de los interinos, el que garantice, en los términos máximos, que los interinos de esta Diputación se quedarán con sus plazas), consideramos que las reuniones, por los motivos expuestos anteriormente, llevarán modificaciones, cambios, etc., lo dicho en ellas debe ser tratado con la máxima pulcritud posible para no levantar falsas expectativas en un caso o causar desesperación en otros, porque, evidentemente, hasta el final, no se sabrá como van a resultar las bases cuando sean definitivas.

Los interinos de esta Diputación tienen que tener claro que esta Sección Sindical, presente en esas reuniones, velará por que se cumpla nuestro deseo, que es el de los compañeros interinos, que tengan lo más fácil posible su estabilización.

Consideramos que retransmitir el contenido de las negociaciones provisionales de manera constante y a cada paso que se da, de cada reunión que tenemos, a cada modificación de las bases, a cada idea aportada, no conlleva mas que preocupación e incertidumbre.

Se está dando información de las reuniones, incluso errónea, que perjudica únicamente a los interesados.

Si quieres estar informado, esta es tu Sección Sindical, UGT Diputación

INFORME COBERTURA, MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE DIEZ PUESTOS DE M.C.B. PARA EL SEPEI

Información relativa a la nómina definitiva de mayo de 2022

Se abonan las incidencias, horas extras, horas extras urgentes, dietas y locomoción, correspondientes al mes de mayo de 2022, Expedientes SEGEX: 1044115K,1044117N, 1044119Q, 1044120R Y, 1044122W, respectivamente.

Se abona, así mismo, en el concepto Atrasos Gratificaciones los expedientes: SEGEX 969053H en el que se incluyen las gratificaciones de S.E.P.E.I. y Carreteras de diciembre de 2021, SEGEX 996850P que incluye gratificaciones de San Vicente, de diciembre de 2021 y enero de 2022, SEGEX 1016458Y sobre gratificaciones a San Vicente de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, y SEGEX 996447E de gratificaciones de S.E.P.E.I. de diciembre de 2021 y enero de 2022, todos ellos presentadas fuera de plazo.

También se abonan las ayudas a personal de la corporación de prestaciones de pago único (AYUDA SOCIAL FUNCIONARIOS SEGEX 973162P Y LABORALES SEGEX 975095Z) y AYUDAS DE ESTUDIOS, correspondientes al año 2021/2022 SEGEX:990424P

Los Decretos y normas que recogen las Gratificaciones y horas extraordinarias se han refundido en el Decreto 1868 de 22 de junio de 2020, que establece que cualquier expediente remitido a la Intervención con la denominación de “Atrasos”, por la realización de horas extras o urgentes en meses anteriores al que corresponda el devengo de la nómina, que incumpla con los procedimientos anteriores, será causa de reparo, y No abono del mismo, excepto si previos los informes justificativos del Responsable del Servicio en el que se especifique claramente el motivo del atraso, fuera solventado por la Presidencia en los términos del art. 12 del Real Decreto 424/2017 de 29 de abril.

Se recuerda que el detalle de las incidencias abonadas se puede consultar el portal del empleado y que si les falta alguna incidencia del mes abonado deben de reclamar a su servicio para que la incluya en el programa de incidencias desde el que se trasladan a nóminas.

La sección de nóminas les ruega que para las cuestiones que sea necesario contactar con este área utilicen el correo nominas@dipualba.es

Información Plataforma Interinos

Europa marca una fuerte determinación contra el empleo temporal en la directiva 1999/70 debido a la precariedad que genera la extensión anormal de esta condición, recordando que en esta directiva no hay ninguna diferenciación entre trabajadores del sector privado y público, únicamente trabajadores temporales, aunque en España sólo se traspuso para el sector privado, dejando sin medidas disuasorias efectivas las situaciones de abuso en el sector público, se nombra taxativamente que se debe establecer un marco para evitar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada, y carecemos totalmente de él.

La plataforma está expectante de las decisiones que se tomen en esta fase de negociaciones y en el desarrollo de las bases que acaban de empezar haciendo todo lo que esté en nuestras manos para defender los intereses de los interinos que están trabajando en la Diputación de Albacete, para conseguir que este proceso sea justo; esperamos, suponemos que vayan orientadas a estabilizar a sus trabajadores, que son los que padecen esa situación de abuso actualmente, recordando que estos trabajadores no tienen la culpa de la mala praxis de la administración.

Por todo ello, y por ser una de las luchas ignoradas por algunos sindicatos y políticos en su día, estamos dispuestos a seguir defendiendo la finalidad para la que fue creada esta ley, que no es otra que la de respetar los derechos que la comunidad europea nos reconoce a los trabajadores que estamos en diputación en situación de abuso, y no se debe adulterar el hecho de que esta ley debe ser una herramienta para los políticos y sindicatos, no un problema o excusa para evadir su responsabilidad ante unos empleados que a día de hoy se encuentran en una situación laboral precaria según los estándares Europeos.

RECLASIFICACIÓN AUXILIARES ADMINISTRATIVOS EN ADMINISTRATIVOS

AL COLECTIVO DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE.

Esta Sección Sindical de UGT tiene a bien comunicaros lo siguiente:

Como todos/as sabéis, fuimos, somos y seremos los que mas hemos reivindicado la reclasificación de los Auxiliares Administrativos en Administrativos.

Llevamos años solicitando a Diputación que se haga un proceso por el cual se reconozcan de una vez por todas que los Auxiliares Administrativos no realizamos solo funciones Auxiliares, sino funciones propias de Administrativos. Durante estos años hemos tenido infinidad de reuniones con el Diputado, con el Presidente, le hemos aportado soluciones, le hemos dicho que el proceso de reclasificación de Auxiliares Administrativos en Administrativos es ya un hecho (desde hace bastante tiempo) en muchas administraciones públicas, tanto Ayuntamientos como Diputaciones. Le hemos dicho que la discriminación existente en Diputación con la mitad del colectivo ya reclasificado, bien por desempeños provisionales o por comisiones de servicio, se hace ya insostenible.

Entendemos el parón que hemos sufrido provocado por la pandemia, pero ya ha llegado el momento de buscar soluciones URGENTES y solucionar de una vez por todas este problema, que por otra parte, no ha generado el colectivo de Auxiliares Administrativos.

El compromiso por parte del Presidente de la Diputación D. Santiago Cabañero fue de solucionar el problema antes de que finalizara esta legislatura, al igual que nos dijo el Vicepresidente.

Hemos llegado a entregarles tanta documentación de como han obrado en otras administraciones públicas para solucionar el problema que, aportarles más documentación nos resulta ya casi aburrido. Solo hay que bucear un poco por Google y poner “reclasificación Auxiliares Administrativos” y serán tantas las administraciones que ya lo han hecho (como el Ayuntamiento de Madrid, con mas de 400 plazas) que se podrán dar cuenta de que esta Diputación de Albacete es ya de las pocas que quedan en España sin solucionar el problema.

Bien, dicho esto, tenemos que comunicaros las últimas novedades sobre este tema.

Se han finalizado las reuniones de las negociaciones para la Oferta de Empleo Público, Oferta que ha sido publicada en el B.O.P. n.º 60 de 23 de mayo de 2022.

Anteriormente nos pasaron una propuesta de oferta de empleo público, que para nuestra sorpresa, contenía 9 plazas de Administrativo, la mitad de ellas a oposición libre y la otra mitad a promoción interna. A la vista de ello, esta Sección Sindical de UGT, en la reunión, pusimos sobre la mesa la problemática, el despido de interinos y los ceses de las comisiones de servicio si se seguía tramitando la oferta tal como la estaban presentando. Propusimos que sacasen todas las plazas de administrativo a promoción interna para que fueran cubiertas por Auxiliares Administrativos de la Diputación, pero la decisión final fue retirar las citadas nueve plazas de la Oferta de Empleo Público.

En fin, queremos resaltar que no hemos cejado en reivindicar la solución al problema, por eso, esta Sección Sindical de UGT intentará, hablando con el Vicepresidente, que se reanuden las negociaciones y se busque, de una vez por todas, una solución urgente a esta problemática, recordándole al Vicepresidente que su compromiso fue que lo haría antes de que finalizara la legislatura.

En definitiva, volvemos a solicitar a la Diputación reunión urgente para la reclasificación de los Auxiliares Administrativos en Administrativos.

Vulneración de las Normas Básicas de Funcionamiento y Actuación de los Órganos de Selección de Personal

Vista la relación de miembros que componen el tribunal del Procedimiento de Selección para confeccionar una lista de espera para futuras vinculaciones temporales de la categoría de Oficial Mecánico a Conductor/a de Maquinaria y Obras Públicas y en la categoría de Oficial Mecánico/a Conductor/a de Automóviles de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, encontramos las siguientes vulneraciones de las normas publicadas el 06-08-2018 y que hemos puesto en conocimiento del presidente de la Diputación antes del proceso selectivo.

Hemos observado que hay varios miembros de estos procesos que se repiten en ambos tribunales, cuando ello entra en clara contradicción con lo establecido en las Normas Básicas de Funcionamiento y Actuación de los Órganos de Selección de Personal de la Excma. Diputación de Albacete, con fecha de Publicación en el BOP de 06-08-2018, en el cuál se establece en su Artículo-4, conforme con la Recomendación Catorce de la Comisión Especial para el estudio de la Oferta de Empleo Público de 2009 de esta Diputación, “se considera necesaria la rotación de los integrantes de los Tribunales de selección, de tal forma que no se acumulen en varios procesos diferentes las mismas personas”.

Difícilmente se puede así cumplir con la esencia de estas Normas, que persiguen garantizar la transparencia, imparcialidad, y la profesionalidad de los Órganos de Selección.

En el nombramiento de estos procesos, no entendemos porque en el tribunal calificador , se proponen a más de la mitad de los miembros de Oficial Mecánico Conductor Bombero, cuando hay personal de la misma categoría de la que se pretende seleccionar y no hayan sido propuestos. Todo ello puede afectar en la corrección y puntuación de las pruebas de este procedimiento de selección, viéndose así el resultado de éste viciado, debido a que a algunos de los miembros del tribunal no se les puede considerar la especialización en los programas de este proceso de selección.

Todo lo anterior, no cumple con lo expuesto en el Artículo-4 , donde se establece que “se procurará la especialización en función de los correspondientes programas, garantizándose la idoneidad de las mismas para enjuiciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes en relación con las características de las plazas convocadas…”

En la exposición de motivos de estas Normas Básicas de Funcionamiento y Actuación de los Órganos e Selección de Personal de la Excma. Diputación de Albacete, se establece la necesidad de garantizar la imparcialidad y profesionalidad de los órganos de selección, y en relación a todo lo anterior expuesto se puede ver que se incumple varias de los preceptos establecidos en ellas.

Todo lo anterior, sea puesto en conocimiento del Presidente de la Diputación, antes de que dieran comienzo dichas pruebas, para que se adoptasen las medidas oportunas corrigiendo todas estas anomalías, a la vez que solicitamos que se nos informe sobre quien ha propuesto los tribunales de Mecánico Conductor de Maquinaria y Obras Públicas y quien ha firmado dicha propuesta, así como el procedimiento para la designación de sus miembros.

La sección sindical del Sindicato Contigo Sí, mayoritaria en la Diputación Provincial de Albacete, hemos solicitado la relación de los trabajadores de Diputación nombrados para formar parte de los tribunales confeccionados para procesos selectivos de personal en la Diputación de Albacete, así como en los Ayuntamientos de la provincia, otras administraciones y organismos de los cuales hayan formado parte en los últimos tres años.

CREACIÓN DE PLAZAS Y PUESTOS DE TRABAJO

Esta Sección sindical de UGT de Diputación tiene a bien informaros que se ha publicado en el BOP de fecha 8 de junio de 2022 el  acuerdo de creación de plazas en la plantilla del personal funcionarial, creación en la RPT del personal funcionarial de diversos puestos de trabajo, supresión de plazas en la plantilla del personal laboral:

-Coordinador Secretario Interventores ATM

-Auxiliar Administrativo jefe de Negociado SEPEI

-Operario SEPEI (con funciones de manejo de vehiculos no operativos del SEPEI) Esta Sección Sindical expuso en la reunión que los operarios de la lista de espera no se les exigió, en las bases de convocatoria, la posesión del carnet de conducir «B», por lo que, si cubren dicha vacante con la lista de espera actual, no se le podrá exigir conducir vehículos, porque incluso, al que le pudiera tocar cubrir la vacante, podría no tener carnet de conducir. Estaremos muy atentos a la cobertura del citado puesto.

-Profesor Música Percusión.

Igualmente el citado anuncio señala: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en relación con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto el expediente, por espacio de quince días hábiles, a efectos de reclamaciones y observaciones que pudieren presentarse; entendiendo que de no producirse se
considerará definitivamente aprobado.

Por lo tanto, quien quisiera presentar reclamaciones y observaciones, quedamos a su intera disposición.

os adjuntamos el anuncio.

Si quieres estar informado, esta es tu Sección Sindical, UGT Diputación