UME, Salidas del personal sanitario a la calle, con pacientes, en su jornada laboral.

Al Comité de Seguridad y Salud / Diputado de Sanidad
El Sindicato Contigo Sí ha tenido conocimiento de que, en la Unidad de Media Estancia (UME), durante una reunión de equipo, se ha indicado al personal de Enfermería que, en las salidas habituales de acompañamiento a los pacientes, deben vestir ropa de calle en lugar del uniforme reglamentario.
Este sindicato no ha recibido información ni comunicación previa sobre la intención de dicho cambio organizativo, pese a que afecta directamente a los trabajadores, quienes pasarían a realizar salidas con pacientes sin ningún tipo de identificación profesional. ( Tarjeta identificativa, uniforme…..). Esta situación podría derivar, en determinadas ocasiones, en situaciones de riesgo para el personal a cargo de los pacientes.
Recordamos que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/2995 no regula específicamente si el personal sanitario debe acompañar a pacientes con enfermedades mentales con uniforme o con ropa de calle; sin embargo, sí establece la obligación de la Empresa de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, evaluando los riesgos físicos y psicológicos y adoptando las medidas preventivas necesarias.
Cualquier cambio en la uniformidad del personal durante las salidas, debe ir precedido de una evaluación de riesgos, un protocolo y debe ser comunicado a los representantes sindicales.
Por todo ello, solicitamos:
- Que no se implemente ningún cambio relativo a la vestimenta o identificación del personal durante las salidas, hasta que se elabore un protocolo específico de actuación que regule:
- La vestimenta e identificación del personal.
- Las pautas de actuación, en especial ante situaciones inesperadas o de emergencia durante las salidas con pacientes.
- Que se facilite a este sindicato el protocolo resultante para su conocimiento y valoración. La Empresa, en este caso la Diputación, debe informar a los trabajadores y sus representantes de cualquier cambio organizativo que pueda afectar a la seguridad de los trabajadores, arts. 18 y 33 LPRL).
Albacete, a 22 de abril de 2026
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD/ DIRECCIÓN S.V.P

CAMAS COTA CERO
Los delegados sindicales de Contigo Sí hemos visitado, en varias ocasiones, la Residencia Asistida San Vicente de paúl con el fin de poder ver e informarnos sobre las denominadas cama de cota cero. Hemos hablado con el personal encargado de su manejo, concretamente con Técnicos en Cuidados de Enfermería y Enfermeros y también hemos podido verlas en las habitaciones donde están instaladas Este tipo de camas se han implantado, recientemente, en la Residencia Asistida San Vicente de Paúl. Son camas geriátricas que pueden descender a nivel del suelo, siendo necesario colocar junto a ellas una colchoneta que debe ser movilizada por el personal, ademas de tener de movilizar las propias camas y otro mobiliario de la habitación. Estas camas cota cero al ir pegadas a la pared, no solo supone una barrera más para el residente, sino también un problema añadido para su manejo y movilización.
La instalación de éstas camas se está llevando a cabo sin haber informado a los representantes sindicales, ni tampoco a los responsables del Servicio de Prevención de Salud Laboral.
Por otro lado, la atención a los pacientes que ocupan las camas de cota cero, obliga al personal a llevar a cabo su tarea con posturas forzadas, sobrecarga lumbar, flexión del tronco, rodillas, cervicales, etc, contando además con que las grúas no bajan hasta el suelo para poder elevar al paciente.
Las consecuencias negativas, riesgos e impacto de las camas de cota cero para la seguridad y salud del personal a cargo del manejo de las mismas son muy elevados y de diverso tipo:
1.Sobrecarga Musculoesqueliticas:
La manipulación de los pacientes desde el suelo adoptando posturas forzadas , flexiones de columna, lumbares, de rodillas, cadera etc incrementa el riesgo de lesiones.
Incremento del esfuerzo físico, al no poder trabajar a una altura ergonómica adecuada.
Disminución de la eficiencia y aumento del tiempo de trabajo. Ralentizando la realización de las tareas asistenciales y provocando sobrecarga de trabajo.
Posibles lesiones producidas por grúas, tropiezos, o golpes en espacios reducidos.
2.Afectaciones Psicosociales y Estrés
Estrés y fatiga: La sobrecarga laboral que supera la capacidad física del trabajador daña su salud.
Desgaste profesional: La exigencia de cuidar a pacientes con demencia/Alzheimer,etc sumada a las condiciones físicas de trabajo, aumenta el riesgo de síndrome de desgaste profesional.
Todo lo anterior vulnera los principios básicos vigentesen materia de prevención de Riesgos Laborales, ya que es obligación de la empresa evitar riesgos innecesarios, especialmente en manipulación de cargas adaptando el trabajo al personal que lo realiza.
Por todo ello, Contigo Sí, solicita a los responsables directos de la Diputación y de la Residencia asistida San Vicente de Paúl, la inmediata retirada de las camas cota cero.
Cuidar a quienes cuidan es responsabilidad directa de la Diputación
Albacete, a 9 de abril 2026
APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE AYUDA PARA ESTUDIOS DE HIJOS DEL PERSONAL FUNCIONARIAL Y LABORAL, CURSO 2025/2026. ( Del 1 al 30 de abril )

APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE AYUDA PARA ESTUDIOS DE HIJOS DEL PERSONAL FUNCIONARIAL Y LABORAL, CURSO 2025/2026. ( Del 1 al 30 de abril )
La solicitud se hará mediante enlace en el portal del empleado, en modelo específico para la solicitud de ayuda de estudios y posteriormente, se aportarán los documentos originales en el Registro de la Diputación de Albacete: “ Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 45 del Acuerdo Marco y del Convenio Colectivo vigentes, respectivamente, procede establecer el plazo de presentación de solicitudes de las Ayudas para Estudios del curso académico 2025-2026, para todo el personal funcionarial y laboral de esta Diputación, durante el periodo comprendido entre los días 1 al 30 de abril de 2026, ambos inclusive.”
Dichas ayudas están destinadas para cursar estudios universitarios y módulo superior de Formación Profesional: Se percibirá hasta el 80 % del coste de la matricula en primera matriculación y en la segunda matriculación el 30 %, conforme a las tasas de la Universidad de Castilla-La Mancha, y en todo caso con el límite del crédito establecido en la partida presupuestaria habilitada al efecto. Tendrán derecho a percibir la ayuda, previa justificación del abono de las tasas correspondientes, los trabajadores y trabajadoras cuyos hijos cursen este tipo de estudios, y siempre que los ingresos de la unidad familiar no excedan de:
2 miembros familiares …………….. 41.976,07 €
3 miembros familiares …………….. 45.912,92 €
4 miembros familiares …………….. 49.610,50 €
5 o más miembros familiares ……. 53.658,80 €
La documentación que hay que aportar es la siguiente:
– Fotocopia del libro de familia (SE REQUIERE ORIGINAL PRESENCIALMENTE).
-Original del impreso de matrícula expedido por el Centro donde realice los estudios universitarios o formación profesional de grado superior en el curso académico 2025/2026. Deberá especificarse en cada asignatura si se trata de primera o segunda matriculación, así como su importe. (SE REQUIERE ORIGINAL PRESENCIALMENTE).
-Resguardo original del ingreso total satisfecho por la matriculación. (SE REQUIERE ORIGINAL PRESENCIALMENTE).
–Declaración de la renta del año 2024 y en caso de que ésta haya sido realizada por separado, se deberán presentar las de ambos cónyuges o miembros de la unidad familiar. En caso de que algún miembro de la unidad familiar no estuviera obligado a realizar declaración de renta, se deberá adjuntar certificado de haberes expedido por la Empresa correspondiente o de la Agencia Tributaria.
Estas ayudas serán incompatibles con las percepciones que conceda cualquier otra administración por el mismo motivo.
Para cualquier duda estamos en nuestro despacho de Isaac Peral, 11, 3ªplanta.

